Créditos a Tasa 0: flexibilizan condiciones para monotributistas y autónomos

La AFIP amplió el periodo para considerar la caída de la facturación. Se otorgan hasta $ 150.000

.La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cambió las condiciones para acceder a los créditos a Tasa cero con el objetivo de ampliar el universo de monotributistas y autónomos que pueden acceder a ese beneficio.

El organismo extendió los períodos contemplados para evaluar la variación en la facturación y la existencia de ingresos por un trabajo en relación de dependencia. En tanto, se actualizaron los datos sobre riesgo crediticio utilizados para reflejar las mejoras en la situación de los contribuyentes.

Los monotributistas y autónomos que cumplan con los nuevos parámetros tienen hasta el 31 de julio para iniciar el trámite a través de la web de la AFIP. En el transcurso de los próximos días, el organismo notificará a los contribuyentes que fueron habilitados a tramitar este crédito que otorga hasta $ 150.000 en tres cuotas de $ 50.000.

Nuevos criterios
La AFIP incorporó entre los criterios la evaluación sobre los niveles de facturación electrónica de abril, mayo y junio para determinar cuándo los contribuyentes pueden iniciar el procedimiento.

La evaluación será secuencial. Primero se utilizará el criterio vigente para analizar si la facturación electrónica de un monotributista entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 se ubica por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentra registrado. Cuando sea superior, se aplicará el mismo criterio para evaluar el desempeño de la facturación durante el mes de abril completo. Si entonces tampoco le corresponde acceder el procedimiento se repetirá con la facturación de mayo y luego con junio.

El criterio para los autónomos contempla la facturación entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020. La posibilidad de iniciar el trámite se habilita cuando la variación en los ingresos es de hasta un 5%. Cuando el contribuyente supere esos parámetros se procederá a comparar la facturación entre el mes abril completo de 2019 y 2020. Si el resultado de esa evaluación es negativo se realizará el mismo ejercicio para mayo y junio.

Las modificaciones en los requisitos también contemplan el período que se tiene en cuenta para determinar si los monotributistas tienen ingresos por un trabajo en relación de dependencia. Los contribuyentes que no tuvieran ingresos por ese concepto en febrero, marzo, abril o mayo podrán tramitar el crédito, siempre que cumpla el resto de los criterios. (DIB) FD