Debe darse intervención al Consejo Asesor de Patrimonio en la cuestión del Edificio del Turista

Nota de Opinión
En estos últimos días se ha desatado el debate respecto del cambio de destino de la construcción conocida como “Edificio del Turista”, ubicado en la costanera frente a la plazoleta “Atilio Bramuglia”, en donde, finalizadas ya todas las concesiones comerciales, se instalarían oficinas del municipio para alojar parte de la estructura burocrática local.
En declaraciones posteriores, también se señaló que existiría la intención de instalar un museo evocativo de nuestro convecino Raúl Alfonsín.
La iniciativa recibió amplias críticas, fundamentalmente por la desnaturalización del destino del inmueble, nunca pensado para ser ocupado por oficinas administrativas, sino para el fomento del turismo en nuestra ciudad.
Ante este estado de cosas, es importante señalar que el Edificio del Turista se encuentra incluido en el listado preliminar de bienes susceptibles de ser catalogados como Bien de Valor Patrimonial, figura que se creó a través de la Ordenanza N° 4290 de protección patrimonial para proteger a todos los bienes que sean referencia para la identidad local, como es el caso claramente del edificio en cuestión, que conforma un conjunto de interés patrimonial junto al espigón de pesca “Domingo Cazaux” (es de destacar que en el trabajo “Municipio de Chascomús: Estrategias para la conservación del patrimonio a través de un desarrollo turístico sustentable”, del Laboratorio de Investigaciones del Territorio y el Ambiente de la Comisión de Investigaciones Científicas, se lo identificó como un edificio institucional con valor patrimonial).
Esta particular característica hace que cualquier intervención que se pretenda hacer actualmente en el lugar y que desnaturalice su fin merezca la intervención previa del Consejo Asesor Permanente para la Protección del Patrimonio, creado por aquella ordenanza y que entre sus atribuciones cuenta con la de “velar por la preservación, conservación, puesta en valor, y difusión de los bienes de valor patrimonial así como también áreas o lugares de valor y/o significación histórico-cultural, urbanístico, rural o ambiental del Partido de Chascomús”.
Por otra parte, no deja de ser ilustrativo, a modo de importante antecedente histórico, que cuando en el año 1957 la Dirección de Turismo y Parques de la provincia de Buenos Aires transfirió precariamente el inmueble a la Sociedad de Fomento “Amigos de Chascomús” para su explotación, lo hizo “en condiciones tales que se cumplan ampliamente los objetivos tenidos en cuenta en oportunidad de su construcción” y con la condición de “que cualquier modificación o ampliación del edificio y sus adyacencias, deberá motivar la previa intervención de la Dirección de Turismo y Parques la que, a su vez, someterá los trabajos proyectados a los organismos oficiales que correspondan, para que dictaminen sobre el particular, sin cuya aprobación no podrá concretarse ninguna obra”.
En virtud de estos antecedentes, aparece como necesario que toda iniciativa respecto al Edificio del Turista merezca consideración previa por parte del Consejo Asesor Permanente para la Protección del Patrimonio para que brinde su opinión y asesoramiento. Del mismo modo debería actuarse en cualquier otra intervención que a futuro se pretenda realizar en inmuebles del dominio público o privado del estado municipal que posean valor patrimonial.
De esta manera, se darán los pasos necesarios para la preservación de nuestro rico patrimonio histórico y cultural que es, en definitiva, propiedad de todos los chascomunenses y no de una administración que eventualmente tenga a cargo los destinos del municipio.
Aníbal José Maffeo