Gobierno da “últimas puntadas” a decreto para aplicar el impuesto a la riqueza

El decreto se publicaría en las próximas horas y el Estado comenzaría a cobrar en febrero.

El gobierno del presidente Albero Fernández le está dando la última revisión a decreto para aplicar en la práctica el llamado “impuesto a la riqueza”, que podría estar publicado en el Boletín Oficial antes del mes próximo, cuando comenzarían a tributar los cerca de 12 mil contribuyentes alcanzados.

La contribución extraordinaria –por única vez- de las grandes fortunas fue convertida en ley a principios de diciembre, pero hasta ahora no había sido reglamentado el texto, una demora que había generado críticas desde el interior del Frente de Todos, donde organizaciones sociales y sectores gremiales pidieron avanzar más rápido.

En Ejecutivo explicaron a DIB que hubo un proceso prolongado de consultas sobre todo con la AFIP, para ajustar los mecanismos de pago de los casi 12 mil contribuyentes –son todas personas físicas- que quedarán comprendidos y deberán pagar el aporte. El objetivo es evitar grietas legales que frenen la aplicación en la Justicia.

El proceso de reglamentación, según indicaron a DIB fuentes del Ejecutivo nacional, prácticamente está listo, por lo que el decreto podría publicarse en las próximas horas. Según había calculado la titular de AFIP, Mercedes Marcó del Pont –junto con Economía y el Secretaria Legal y Técnica las áreas que trabajaron en la reglamentación- en febrero podrían ya estar cobrando el aporte.

De acuerdo a lo aprobado por el Congreso, tributarán una tasa de entre el 2 y el 3,5 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos.

Estarán alcanzadas las personas físicas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en la Argentina y en el exterior.

También alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, según indica la ley.

En tanto, los que vivan en el exterior, pagarán por la totalidad de sus bienes en la Argentina.

El monto del aporte a ingresar se basará en una escala publicada hoy en el Boletín Oficial donde los porcentajes van del 2 al 3,5 por ciento, según la magnitud de las riquezas declaradas.

Por otra parte, por el total de los bienes situados en el exterior, los contribuyentes pagarán porcentajes que van desde el 3 al 5,25 por ciento, también en base a otra escala.

La ley prevé el destino de los fondos: un 20% será destinado a la compra y/o elaboración de equipamiento médico, otro 20% irá como subsidios a pymes, un 20% será destinado al programa Progresar; y un 15% al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU). (DIB)