La comuna recordó que el arbolado es patrimonio municipal pero nada dijo sobre el reemplazo de los ejemplares peligrosos

Recordó el Municipio, a través del boletín municipal, que el arbolado público está regulado por la Ley Provincial 12276/99, Decreto 2386/03 y las Ordenanzas Municipales 3777/08, Decreto reglamentario 663/08 y la 1741/86 con su Decreto Reglamentario 1036/86, éstas normas determinan entre otras cosas, que el mismo es patrimonio municipal y que el cuidado es responsabilidad de cada vecino frentista y de la municipalidad.
La nota se explayó posteriormente en lo que se ha denominado Registro Municipal de Podadores Autorizados (RMPA), algo que habría que revisar habida cuenta el déficit en el tema desde que la Municipalidad abandonó la realización de la poda anual.
No obstante nada expresó sobre la responsabilidad de las autoridades en relación los ejemplares en estado peligroso, que sin duda deberían ser reemplazado antes que pueda generase un situación peligrosa.
Ejemplos sobre caída de árboles durante temporales sobran. Les apuntamos dos plantas que pueden causar daño por su gran inclinación y están ubicadas solamente a una cuadra y media del Palacio Municipal, concretamente en calle Arenales casi Belgrano.