La Corte Suprema de Justicia rechazó el reclamo de Farmacity

Con el voto de los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Martín Irurzun, debido que la jueza Mirta Gladis Sotelo de Andreu votó en disidencia, la Corte Suprema de Justicia rechazó un reclamo de la empresa Farmacity SA contra la Provincia de Buenos Aires. El tribunal estuvo integrado de esa manera porque los jueces Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti se excusaron, mientras que Juan Carlos Maqueda no votó.
Vale recordar que la empresa cuestionó la normativa provincial que regula quiénes pueden ser propietarios de farmacias en territorio bonaerense, excluyendo a las sociedades anónimas. Para el máximo tribunal, el estado provincial ejerció sus facultades en forma razonable, basándose en principios de salud pública, ampliando la protección de los pacientes.
Al respecto, el presidente del Colegio de Farmacéuticos de Chascomús, Luis Ferrari, resaltó: “Se respetó la Ley 10.606. La farmacia es un servicio público y debe ser atendida por un profesional. El medicamento es un derecho, no una mercancía. El ingreso de Farmacity a la provincia tal como está planteado, podría afectar este modelo y por lo tanto el acceso al medicamento de toda la población”.