No se transfirieron recursos desde la municipalidad hacia las cuentas del consejo escolar en el año 2020

El consejero escolar radical del Frente Juntos, C.P. Nicolás Centenaro, dio a conocer a través de los medios de prensa, que durante el año 2020 no se transfirieron recursos desde la Municipalidad de Chascomús hacia las cuentas del Consejo Escolar y en lo que va del año 2021 se recibieron 75 mil pesos en concepto de Fondos Rifa, correspondiente a años anteriores.
Asimismo, señaló que el Consejo Escolar de Chascomús ha entregado desde mayo de 2020 hasta julio de 2021, 150 módulos de alimentos mensuales (SAE) a la Escuela Municipal N° 3, por un monto total acumulado y aproximado a los  45 millones de pesos (valor del módulo 2 mil pesos x 150 alumnos x 15 meses), siendo esto una transferencia indirecta desde la Provincia hacia el Municipio.

Números del Fondo Educativo

En este marco Centenaro informó los montos que ha recibido el Consejo Escolar desde el Municipio:
Parcial recibido año 2021 $ 75.000.  (Hasta el 31/07/2021)
Total recibido año 2020 $ 0,00.
Total recibido año 2019 $ 3.150.000.
Total recibido año 2018 $ 2.175.000.
Total recibido año 2017 $ 2.760.000.
Total de fondos recibidos acumulados $ 8.160.000.- (Periodo 2017-2021).
La Municipalidad de Chascomús ha recibido recursos en concepto del Fondo de Financiamiento Educativo para los periodos de referencia, por un monto aproximado de:
Parcial año 2021 $ 45.000.000.- (Hasta el 30/06/2021)
Proyectado para todo el año 2021 $ 80.000.000.
Total año 2020 $ 54.000.000.
Total año 2019 $ 45.000.000.
Total año 2018 $ 36.000.000.
Total año 2017 $ 32.000.000.
Total de fondos recibidos acumulados $ 212.000.000.- (Periodo 2017-2021).
Fuente: SICOICE y Página oficial Gobierno de la Provincia.
La ley 15.225 en su art. 43 (Ley de presupuesto de la Prov. de Bs. As.) determina:
“Los municipios que cuenten con servicios de educación formal municipal de niveles obligatorios oficialmente reconocidos por la Dirección General de Cultura y Educación, destinarán los recursos prioritariamente a cubrir los gastos de funcionamiento y mantenimiento de los mismos…”.