¿Qué multas podrían recibir los 287 viajeros argentinos que violaron el aislamiento?

(200312) -- EZEIZA, 12 marzo, 2020 (Xinhua) -- Un hombre acomoda su equipaje a las afueras del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, en la ciudad de Ezeiza, Argentina, el 12 de marzo de 2020. Las autoridades de Salud de Argentina confirmaron el jueves otros 10 casos de la enfermedad del COVID-19, tres de ellos de transmisión local, lo cual elevó el número total de infecciones en el territorio a 31, uno de ellos mortal. (Xinhua/Martín Zabala) (mz) (mm) (da)
Florencia Carignano confirmó que Migraciones presentó denuncias. Qué puede pasar con esos viajeros.

La directora ejecutiva de la Dirección Nacional de Migraciones, Florencia Carignano, confirmó que esa dependencia presentó este martes 287 denuncias penales contra argentinos que regresaron al país y violaron el asilamiento obligatorio de siete días.

La denuncia se realizó luego que la Dirección Nacional de Migraciones detectara días atrás que el 38% de las personas que ingresan a la Argentina no cumple con el aislamiento obligatorio para prevenir la transmisión de coronavirus. En ese marco, Carignano advirtió que esa infracción contempla penas de entre 3 y 5 años de prisión.

Migraciones realizó en los últimos días 747 inspecciones de domicilios declarados en ocho provincias y la ciudad de Buenos Aires (CABA) para constatar el cumplimiento del aislamiento. En los operativos detectaron 287 incumplimientos, lo que representa más del 38%.

Si bien dependerá del juez que tome el caso, el imputado tendrá que designar un abogado, lo que ya le genera un costo. Además, habrá casos en que se le dicta la medida de prohibición de salida del país o un embargo de unos 200.000 pesos, y por lo general la sanción es una multa y/o una probation.

Sin embargo, hasta ahora las multas dictadas han sido más bajas y parten de los $3.000, mientras que algunos magistrados optan por obligar al acusado a ir a ayudar a un comedor comunitario varias veces por mes.

A estos 287 viajeros denunciados este martes, se les imputó la violación de los artículos 205 y 239 del Código Penal. El primero es por “violar las medidas adoptadas por la autoridad competente para impedir la propagación y la introducción de una epidemia”. La pena prevista es de seis meses a dos años de prisión.

El artículo 239, en tanto, es para quien desobedece a un funcionario que dicta órdenes legítimas comete delito más leve, prevé penas de 15 días a un año de prisión. En ambos casos, al ser penas bajas, son de ejecución condicional.

Actualmente sólo están abiertos los aeropuertos de Ezeiza, San Fernando y Aeroparque, de manera que los que vienen de viaje deben exhibir un PCR negativo antes de subir al avión y al llegar se les hace un test rápido de antígenos.

Si este test da positivo, se los envía a un hotel donde deben cumplir la cuarentena hasta que un hisopado dé resultado negativo. Si el test rápido da negativo pueden irse a su casa, pero deben cumplir con la cuarentena de una semana, porque pueden tener síntomas a los dos o tres días.

Tras realizar las denuncias penales contra personas que no cumplieron la cuarentena obligatoria, Carignano señaló: “Viajar al exterior no está prohibido, pero no es recomendable ir al exterior a hacer turismo”. En ese sentido, remarcó: “Tratamos de tomar todas las medidas posibles para retrasar la llegada de la cepa Delta y que arruine el plan de vacunación que estamos haciendo”. (DIB) FD