Renovación de la Tarifa Social del gas

A través de la Oficina de Información al Consumidor (O.M.I.C.) comunicamos a todos aquellos usuarios del gas natural que estén gozando de la tarifa social que la misma tiene un plazo de vigencia.
Es importante que los usuarios presten atención a las facturas del servicio que hayan recibido o que reciban a posterioridad, ya que en ellas consta que el beneficio de la tarifa social está pronto a vencerse y tienen un plazo de 60 días para su renovación.
En el margen inferior izquierdo de la factura debe constar el aviso que se ejemplifica en la imagen.
Para efectuar la renovación de la TARIFA SOCIAL deberá ingresar en la página web del Ministerio de Energía y Minería de la Nación www.minem.gob.ar/formulario o llamando al 0800-333-2182. Siguiendo los pasos se completa el formulario y surgirá el ingreso de la solicitud, la cual se confirma si ingresó o no en la Tarifa Social posteriormente en la factura del servicio.
Sobre la tarifa social
Recordamos que a la “tarifa social”, pueden acceder los usuarios (sí o sí titulares del servicio) que estén comprendidos en alguno de los puntos que a continuación se detallan:
*Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($17.720).
*Trabajadores “monotributistas” inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
*Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
*Titulares de programas sociales.
*Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
*Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (26.844).
*Usuarios que perciben seguro de desempleo.
*Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
*Usuarios que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
*Titulares (o uno de sus convivientes) que padezcan una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.
Sin embargo NO se accede a la tarifa social si ocurre lo siguiente:
-ser titular de más de un inmueble
-poseer embarcaciones o aviones de lujo
-Poseer automotor de hasta 10 años de antigüedad (excepto quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia).
Ante cualquier duda o inquietud podrán dirigirse a la OMIC sita en calle Dorrego 229 o vía telefónica al 422234.

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