Salud habilitó cupos extras de regreso para deportistas olímpicos

El Gobierno tomó la medida tras la cancelación de un vuelo a Los Pumas del rugby 7s

El Ministerio de Salud otorgó hoy cupos extras para que los atletas argentinos que están compitiendo en los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 puedan regresar al país tras su participación.

La medida fue tomada por las autoridades luego que el equipo de rugby 7s (Los Pumas), que obtuvo la medalla de bronce, quedara varado tras la cancelación de un vuelo. El combinado tenía programado su partida desde Tokio hacia Ámsterdam  el jueves por la mañana, pero este vuelo no se hizo porque fueron notificados que la siguiente ruta hacia Buenos Aires no iba a poder ser cumplida.

En este marco, Salud comunicó hoy que otorgará “cupos extras para que los atletas e integrantes de la delegación argentina puedan regresar al país una vez terminada su participación en los Juegos Olímpicos Tokio 2020”. Los deportistas “deberán cumplir las normas establecidas para viajeros al momento de su arribo, en el contexto de la pandemia de Covid-19”.

El Gobierno busca aminorar las posibilidades del ingreso de la variante Delta. Siguiendo los protocolos, los atletas e integrantes de las delegaciones “deberán presentar un resultado de test PCR negativo, realizado dentro de las 72 horas anteriores al viaje y en el lugar de origen”.

Asimismo, tendrán que realizarse “un test de antígenos una vez llegados a territorio argentino”. “En caso de resultar positivos, los deportistas deberán aislarse en los dispositivos dispuestos por la autoridad sanitaria nacional, mientras se envían las muestras de laboratorio al Instituto Malbrán para su secuenciación”, indicaron desde la cartera que conduce Carla Vizzotti.

Y agregaron: “En caso de que el resultado del test de antígenos sea negativo, de todos modos deberán cumplir con el aislamiento según las pautas de la jurisdicción de destino, sin interacción con terceros y realizar la prueba de PCR al séptimo día. Hasta ese entonces, es importante que eviten traslados o circulación con otras personas y cualquier otra actividad social”. (DIB) MT