Se reanudan las celebraciones religiosas con un 30% de aforo en lugares cerrados

Obispado de Chascomús

Informó el Obispado de Chascomús, a través de su Secretario Canciller P. Lisandro I. Rodríguez, que por decisión de la Jefatura de Gabinete de Ministros, las celebraciones religiosas en lugares cerrados quedaron exceptuadas de la suspensión dispuesta en el Decreto N°287/21, y se podrán llevar a cabo con un 30% de aforo.
La decisión, detallan, se funda en un pedido del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, para que se arbitren las medidas necesarias en pos de que, en los lugares considerados de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, se autorice la realización de celebraciones y actividades religiosas, con un máximo del 30% de aforo de los lugares cerrados donde se desarrollen.
Sobre este pedido intervino la autoridad sanitaria nacional y el servicio jurídico pertinente.
Además, aclara que en el desarrollo de la actividad autorizada deberá garantizarse el cumplimiento de las Reglas de Conducta Generales y Obligatorias dispuestas Decreto N° 287/21, y prorrogado por sus similares, para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19 y de los protocolos vigentes en cada jurisdicción.