La norma publicada por el Ejecutivo no establece una medida de restricción general ni sugiere cómo aplicar un toque de queda nocturno, pero fija criterios epidemiológicos para aplicarlo.
Finalmente, luego de varios días de negociación con los gobernadores y tras el rechazo de varios de ellos a la aplicación de una medida obligatoria de alcance nacional, el Gobierno publicó el decreto para la aplicación de las restricciones nocturnas, y dejó a criterio de cada provincia su aplicación.
Lo hizo a través del decreto 4/2021, que habilita a los gobernadores a “adoptar medidas de limitación de la circulación” siguiendo dos criterios sanitarios: que en los últimos 14 días los nuevos casos de coronavirus superen en un 20% los indicadores de los 14 días previos; o que el número de nuevos casos en 14 días sea superior a una tasa de 150 cada 100 mil habitantes.
El decreto argumenta que “observando la dinámica de la transmisión de los nuevos contagios del virus SARS-CoV2, las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objetivo de evitar situaciones que puedan favorecer su propagación, deberán priorizar la limitación de la circulación en el horario nocturno”.
Esto supone un cambio sustancial respecto de los planes iniciales del Gobierno, que eran establecer las restricciones nocturnas a través de un DNU y con efecto en todo el país, al igual que actualmente ocurre con la etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO).
De este modo, el decreto deja en manos de los gobernadores y del Jefe de Gobierno porteño la decisión de aplicar las restricciones, su modalidad y alcance horario, dado que la normativa no da ninguna especificación al respecto, y solo se limita a señalar que los mandatarios “deberán priorizar la limitación de la circulación en el horario nocturno”.
No obstante, al presentar el decreto, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, aseguró que el decreto no tiene “recomendaciones lavadas” sino que, en caso de que las nuevas pautas indiquen que existe riesgo epidemiológico, “los gobernadores deberán tomar las medidas”, de acuerdo a las características de sus territorios. En ese sentido, la norma señala que el Ministerio de Salud de la Nación “articulará con las autoridades sanitarias” locales para “colaborar con los indicadores” establecidos.
“Hay cuestiones culturales, climáticas, que tienen que ver con adaptar medidas de alineamiento nacional a las jurisdicciones. Lo que se hace a nivel nacional es fijar pautas y alertas sobre riesgos futuros”, explicó Cafiero al defender el decreto del Gobierno.
La norma, ya publicada en el Boletín Oficial y, por ende, en vigencia, habilita a los gobernadores a requerir al Ministerio de Seguridad de la Nación la cooperación para “realizar controles en rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos que determinen con el fin de coadyuvar a garantizar el cumplimiento de las medidas de protección sanitaria que evitan la propagación del virus”. (DIB) JG