Se conoció ayer sobre la notificación que se desprendió de la resolución tomada por el Tribunal de Casación Penal Sala ll de la ciudad La Plata, donde se adopta que el imputado Fermín Eleodoro Basualdo no pueda obtener el beneficio de reducción de la condena.
Vale indicar que el acusado había interpuesto un recurso mediante su abogado defensor para que se aplicara la ley 24.390, la cual prevé una reducción de la pena a la mitad de años de detención.
El Fiscal General de Dolores Dr. Diego Escoda interpuso un recurso para que se realice nuevamente el cómputo de pena ya que esta ley estaba derogada al momento de la detención de Basualdo.
Es que si bien esta ley estaba vigente en la fecha del hecho (28 de septiembre de 1997) no menos cierto es que a la fecha de la detención fue en el año 2011.
La norma que permitía el cómputo privilegiado fue derogada por ley 25430 en el año 2001.
Por lo antes narrado, se hizo lugar al recurso de interpuesto por el Fiscal y se rechazó el recurso de casación interpuesto por la Defensa de Basualdo.
Recordemos que Basualdo fue condenado por ser coautor del Homicidio Calificado de Emilio Blanco, a la pena de Prisión Perpetua, es decir 25 años de los cuales, lleva 11 años como detenido.
Fermín Basualdo era el Jefe de Calle en la Comisaría de Chascomús en el momento del hecho, año 1997.
En noviembre de 2021, se lo condenó al Comisario Tomás Frentes por encontrarlo penalmente culpable de la Omisión de Evitar la Tortura.