Es para las que hayan obtenido resultados positivos de hasta $ 600 millones. Argumentó que ayudará en la “redistribución progresiva de los ingresos”.
Con el objetivo de apuntalar la recaudación que sufrió un fuerte impacto por la sequía, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que un grupo de grandes empresas con ganancias “extraordinarias” pague un anticipo del Impuesto a las Ganancias.
En esta línea, la AFIP reglamentó la obligación de hacer pagos a cuenta de este impuesto a las empresas que tuvieron ganancias en su última declaración jurada pero que no pagaron el gravamen porque descontaron los quebrantos de ejercicios anteriores.
De acuerdo a la Resolución General 5391 publicada en el Boletín Oficial, el organismo fijó el pago para compañías que lograron una rentabilidad mayor a $600 millones, lo que permitirá apuntalar la recaudación, algo que forma parte de la negociación con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
El universo alcanzado es de unas 200 empresas y se apuesta a recaudar $110.000 millones. El anticipo será del 15% y deberá ingresarse en tres cuotas.
La medida, según el organismo que conduce Carlos Castagneto, se adoptó porque “se ha observado que algunos actores económicos se han visto beneficiados al obtener ingresos extraordinarios por la producción y/o comercialización de ciertos productos así como la prestación de determinados servicios”.
La AFIP añadió además que las empresas alcanzadas por la norma -que representan menos de 1% de las personas jurídicas alcanzadas por Ganancias- se han beneficiado por los beneficios extraordinarios y, además, “manifiestan una elevada capacidad contributiva”.
Las fechas de vencimientos de acuerdo con el mes de cierre de ejercicio:
- Agosto a diciembre 2022: Las cuotas deberán ser abonadas el 22 de agosto, septiembre y octubre de 2023, respectivamente.
- Enero a mayo 2023: Las cuotas deberán ser abonadas el 22 de diciembre y enero de este año. La última, el 22 febrero de 2024.
- Junio 2023: Las cuotas vencen el 22 de enero, febrero y marzo de 2024, respectivamente.
- Julio 2023: Las cuotas vencen el 22 de febrero, marzo y abril de 2024, respectivamente. (DIB)