Los jueces del máximo tribunal consideraron que no puede pronunciarse sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes.
La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes en forma unánime dos planteos contra el DNU 70/23 impulsado por el presidente Javier Milei.
Uno de los fallos corresponde al recurso extraordinario presentado por el abogado Jorge Rizzo, representante de la Asociación Civil Gente de Derecho, y el otro a la medida cautelar presentada por el gobierno de La Rioja a través de los representantes legales de la provincia, Raúl Ferreyra y Eugenio Zaffaroni. Ambos pedían la anulación del decreto del Gobierno.
En su fallo, el máximo tribunal de Justicia aseveró que “la provincia de La Rioja no ha puesto a consideración del Tribunal una causa, asunto o caso contencioso cuya decisión corresponda a los tribunales de la Nación de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Constitución y 2° de la ley 27”.
De igual modo, la Corte precisó que “la discusión sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes y, en general, de los actos de las otras dos ramas de gobierno no es por sí misma una cuestión sobre la que deban opinar los tribunales nacionales; sólo deben hacerlo cuando es necesario examinar el tema para decidir una causa que verse sobre puntos regidos por la Constitución, los tratados y las leyes nacionales, a requerimiento de parte interesada”.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti consideraron que en la presentación de La Rioja, “la demanda no ha definido ningún interés propio de la provincia (como persona jurídica diferenciada de sus vecinos) que se encuentre afectado de manera actual y concreta”. (DIB)