La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas.
A partir de este lunes 1º de julio, las recetas y órdenes de estudios y prácticas médicas comenzarán a ser prescriptas obligatoriamente en formato electrónico. De esta manera, entrará en vigencia la Ley Nacional de Receta Electrónica, reglamentada a través del decreto 345/2024, determinando que el Ministerio de Salud de la Nación ponga en marcha el Plan de implementación de las recetas electrónicas y digitales.
La iniciativa contempla un período de adecuación para el registro de las plataformas digitales de 180 días y garantiza el acceso a medicamentos y prácticas médicas. La cartera sanitaria tiene en agenda para esta semana comenzar un plan de capacitación con las distintas jurisdicciones para avanzar en la adecuación y registro de plataformas digitales, de profesionales y de recetarios. Las actividades se realizarán a través de conversatorios y talleres.
Además, se desarrolló una página web de “Receta electrónica” en el sitio oficial del Ministerio, que cuenta con información detallada sobre la implementación de receta electrónica, con información general y específica para la comunidad, farmacias y profesionales de la salud. En la página también se ofrecen instructivos y se describen requisitos de inscripción, normativas, gestión de trámites, entre otros datos de interés.
También se encuentran disponibles distintos espacios de consulta con modalidad presencial para las provincias, y para la comunidad una línea telefónica 0800 (0800-222-1002), y una casilla oficial de correo electrónico receta@msal.gov.ar.
El ministro de Salud de la Nación, Mario Russo, aseveró que “la receta electrónica facilita la trazabilidad del circuito de prescripción y entrega, simplificando las instancias administrativas; y brinda herramientas a los profesionales para tomar mejores decisiones de tratamiento”.
El PAMI, otras obras sociales y prepagas ya vienen implementando modalidades de receta electrónica, a través del Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
Por otro lado, se especificó que, durante el período de registración de las plataformas, los profesionales que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel y con ellas las personas podrán obtener sus medicamentos en una farmacia como hasta ahora. Incluso, una vez que la totalidad de las plataformas estén inscriptas, esta modalidad permanecerá como condición de excepción en zonas de difícil acceso o sin conectividad. (DIB) ACR