La Justicia dispuso la clausura preventiva y temporaria de la histórica bóveda de la familia Girado en el Cementerio de la Recoleta, frenando por el momento la intención del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de concesionar el espacio para la instalación de un local comercial tipo “gift shop” con venta de café y alimentos.
La medida fue adoptada por el juez Roberto Gallardo, titular del Juzgado Nro. 6 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario, tras realizarse una inspección ocular urgente ordenada a partir de las acciones de amparo impulsadas por los herederos Lucía y Pablo Girado.
La resolución judicial se produjo luego de constatar en el lugar que los restos de la familia continúan dentro del panteón que la gestión porteña pretende licitar.
Durante la verificación, de la que participaron Lucía, Pablo y María Girado junto a funcionarios y abogados de la Procuración General, los amparistas denunciaron serias irregularidades y deterioros recientes.
Según constó en el acta, Pablo Girado alertó que el estado de la bóveda difería drásticamente de lo observado en una visita realizada apenas una semana antes, advirtiendo la falta de cajones, ataúdes destruidos y tirados en el piso, así como restos no visibilizados.
Ante esta situación, el magistrado dispuso colocar fajas de clausura en los accesos para impedir el ingreso de cualquier persona hasta una nueva orden judicial, mientras que desde la administración del cementerio atribuyeron los daños al paso del tiempo y a las maniobras de manipulación para realizar el inventario.
El conflicto se enmarca en un reclamo con un profundo vínculo regional, ya que la familia Girado cuenta con raíces y una vasta historia ligada a Chascomús, Ayacucho, Tandil y toda la zona.
En la memoria de la comunidad local y en el patrimonio del propio panteón persisten huellas de ese arraigo: entre las placas conmemorativas que todavía sobreviven sobre las paredes roídas de la estructura se destacan la dedicada “Al ingeniero Francisco J. Girado sus compañeros y amigos del Club de Pelota Chascomús”, fechada en 1934, y la que recuerda a Federico M. Girado, firmada por “sus compañeros del Colegio Nacional” en 1913.
El informe oficial elaborado por la Gerencia Operativa del Cementerio determinó la presencia de restos pertenecientes de por lo menos 25 personas, con inhumaciones registradas desde 1890, además de cajones y urnas sin identificación.
Pese a este valor histórico y afectivo, el Gobierno porteño busca justificar el despojo argumentando un supuesto estado de abandono, fallas en la estructura detectadas en 2024 y una deuda acumulada por tasas de mantenimiento que alcanzaría los 16 millones de pesos.
Bajo estos argumentos, la Dirección de Cementerios dictó la caducidad de la concesión amparándose en el artículo 75 de la Ley de Cementerios.
Sin embargo, los representantes de la familia denunciaron graves irregularidades procesales en la tramitación del expediente. Según expusieron en el amparo, el Gobierno porteño omitió notificar la medida en el domicilio constituido legalmente por los herederos en 2023, recurriendo en su lugar a edictos o remitiendo cartas documento a nombres de familiares ya fallecidos, circunstancia que constaba en los propios registros oficiales.
Los demandantes sostienen que la figura de la caducidad fue forzada con el único fin de avanzar en un negocio privado sobre un espacio que se encuentra fuera del comercio, remarcando que los cementerios son lugares de descanso y no centros de compras.
La controversia escaló tras conocerse los pliegos de la licitación impulsada por la administración capitalina, que prevén la cesión del predio por un lapso de cinco años para la explotación de servicios complementarios, gastronómicos y circuitos de turismo nocturno, fijando un canon mensual de 1,6 millones de pesos más un mínimo del 20 por ciento de los ingresos brutos del servicio de turismo nocturno que se ofrecerá en el sitio.
La iniciativa generó además el rechazo de organizaciones defensoras del patrimonio histórico como la ONG Basta de Demoler, la cual remarcó que la explotación comercial contraviene expresamente el artículo 22 de la normativa vigente sobre cementerios públicos.

