Consejeros escolares mandato cumplido informaron sobre rendiciones de cuentas ante el Tribunal de Cuentas

Los consejeros escolares mandato cumplido Nicolás Centenaro y Marisa Echagüe presentaron una nota dirigida al presidente del Consejo Escolar de Chascomús, Juan Manuel Arzuaga, para informar sobre la situación de las rendiciones de cuentas correspondientes a los ejercicios 2021, 2024 y 2025 ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
En la presentación, fechada el 4 de septiembre de 2026, los firmantes hicieron referencia al Régimen Regulatorio de los Secretarios Técnicos. Según el artículo 24, inciso 10, entre las funciones de ese cargo se encuentra controlar y resguardar el proceso de rendición de cuentas del Consejo Escolar ante el organismo provincial.
Centenaro y Echagüe sostuvieron que el secretario técnico no habría respondido dentro de los plazos establecidos a distintos requerimientos formulados por el Tribunal de Cuentas. También señalaron que esta situación habría obligado a consejeros y autoridades de diferentes períodos a intervenir en la preparación y presentación de documentación.
Según la nota, el Tribunal había solicitado documentación de octubre y noviembre de 2024 correspondiente a la cuenta del Servicio Alimentario Escolar, con vencimiento el 18 de marzo de 2025. Los firmantes afirmaron que el secretario técnico no realizó esa presentación dentro del plazo previsto ni respondió a los pedidos posteriores del organismo.
Ante esa situación, la Relatoría se comunicó en junio de 2025 con Nicolás Centenaro para solicitar el envío de la documentación. En la presentación se indicó que, si el requerimiento se consideraba incumplido, podía producirse un fallo desfavorable sobre los doce meses de la cuenta del Servicio Alimentario Escolar, por un monto de $608.311.559,48.
La documentación fue posteriormente remitida en formato físico por los consejeros firmantes y aceptada de manera excepcional, debido a que debía presentarse digitalmente. Tras su análisis, el monto observado quedó reducido a un cargo de $7.466.664 más intereses, relacionado con remitos de proveedores.
Los firmantes explicaron que algunas constancias estaban suscriptas por auxiliares, carecían de la firma o del sello de las autoridades de los establecimientos, o no habían podido ser localizadas. Para responder a las observaciones se solicitaron nuevos remitos a los proveedores, aunque parte de esos documentos también fue objetada por la Relatoría debido a su fecha de impresión.
De acuerdo con la presentación, el Tribunal no cuestionó la entrega de la mercadería, sino la validez formal de parte de la documentación respaldatoria. Centenaro y Echagüe consideraron que existió un tratamiento diferente entre los remitos “R”, autorizados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, y los remitos “X”, no autorizados por ese organismo.
La nota señala que el Tribunal de Cuentas emitió un dictamen favorable para el ejercicio económico 2024, aunque mantuvo las observaciones sobre determinados remitos. Posteriormente, mediante el Fallo 505/2026, notificado el 26 de agosto, estableció un cargo de $7.466.664 más intereses para quienes ejercieron la Presidencia y la Tesorería durante ese período.
El 1º de septiembre se presentó un recurso de revisión con nueva prueba y se solicitó que se deje sin efecto el cargo. Los firmantes informaron que, si el planteo no prospera, se reservó la posibilidad de recurrir a la Justicia. En ese supuesto, anticiparon que solicitarían que se analice la eventual responsabilidad solidaria del secretario técnico por la falta de respuesta a los requerimientos, de acuerdo con las funciones asignadas a su cargo.
Centenaro y Echagüe también mencionaron el Fallo 592/2025, correspondiente al ejercicio 2021, mediante el cual se impuso un cargo de $344.277.947 a las autoridades de ese período, María Victoria Figueroa y Juan Manuel Almirón. Según los firmantes, ambos debieron ejercer su defensa ante la ausencia de respuesta a los requerimientos atribuidos al área técnica.
En el documento se sostiene que la responsabilidad de controlar y resguardar las rendiciones ante el Tribunal corresponde al secretario técnico, aunque los cargos derivados de las observaciones alcanzaron a las autoridades de los períodos examinados. Los consejeros mandato cumplido atribuyeron las demoras y omisiones señaladas al desempeño de esa función.
Respecto del ejercicio 2025, informaron que el Tribunal requirió documentación de noviembre de ese año correspondiente a la cuenta del Servicio Alimentario Escolar, con vencimiento el 8 de abril de 2026. La documentación fue escaneada y presentada antes de esa fecha por Marisa Echagüe y Nicolás Centenaro.
La nota agrega que el 3 de septiembre de 2026 la Relatoría se comunicó telefónicamente para solicitar documentación que, según los firmantes, había sido requerida al secretario técnico el 31 de marzo y continuaba pendiente. Se trataba de una planilla firmada por las autoridades de 2025 y de los saldos bancarios de las cuentas al 31 de diciembre de ese año, certificados por el banco. La documentación fue confeccionada y enviada durante la misma jornada.
Centenaro y Echagüe advirtieron que la falta de respuesta a esos pedidos podía derivar en multas o cargos para los consejeros escolares que ejercieron durante 2025. También afirmaron que los antecedentes mencionados no correspondían a una gestión determinada, sino que alcanzaban a administraciones de diferentes signos políticos, por lo que descartaron una motivación personal o partidaria en la presentación.
Finalmente, solicitaron al cuerpo de consejeros escolares adoptar los recaudos necesarios para la rendición del ejercicio 2026, cuya documentación podría ser requerida entre marzo y abril de 2027. Asimismo, informaron que la situación sería comunicada al director de Consejos Escolares, Alejandro Perrone, para su conocimiento.
La presentación fue acompañada por copias de los fallos 592/2025 y 505/2026, además de distintos apartados del Régimen Regulatorio de los Secretarios Técnicos.