La Corte Suprema de Justicia resolvió que los jueces que hayan asumido después del 1 de enero de 2017 deben tributar impuesto a las ganancias al revocar una medida cautelar al respecto.
Como adelantó Ámbito Financiero, un fallo unánime del máximo Tribunal determinó que los nuevos funcionarios deben tributar ganancias en tanto que aquellos funcionarios que lo sean con anterioridad a esa fecha no pagarán el impuesto.
En su resolución de poco más de una docena de páginas, la Corte consideró que en su fallo la Cámara utilizó argumentos dogmáticos e insuficientes para admitir la procedencia de la medida solicitada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y que, en consecuencia, su decisión fue arbitraria.
La Corte entendió que la Cámara no debió haber concedido la cautela por el hecho de que exista una forma de interpretar la ley de impuesto a las ganancias que pudiera resultar contraria a los intereses de los magistrados y funcionarios representados por la entidad que los agrupa.
Además, según el Alto Tribunal la Cámara no argumentó de la necesidad de la cautelar para evitar un daño irreparable a jueces y funcionarios.
Esta será la primera resolución de interés popular para lo que resta del año, dado que el 4 de diciembre resolverá si es posible aplicar el 2×1 en las causas de delitos de lesa humanidad y el 18 de diciembre fallará sobre el reajuste por jubilados.
La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) había iniciado una acción de amparo el año pasado para impedir que los nuevos jueces se vean afectados por el tributo que pagan 2 millones de personas en la Argentina.
Ese amparo tuvo el respaldo en primera y segunda instancia en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal. La medida fue presentada contra la aplicación de la denominada «Ley Massot»: en diciembre de 2016, el Congreso sancionó una norme por cual pasaron a pagar Ganancias los jueces, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y provinciales, cuyo nombramiento hubiera ocurrido a partir de enero de 2017.
Leave a Reply