Condenan a 8 años de prisión a sujeto que abusó de la hija de su pareja

Castelli

La Dra. Claudia Castro actuando como Juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal N° 1 Departamental, condenó recientemente en el marco de un juicio abreviado a un vecino de Castelli juzgado por los abusos sexuales perpetrados con la hija menor de su pareja.
El juicio abreviado fue consensuado por el Fiscal Dr. Diego Bensi y el Defensor Oficial Dr. Rolando Brown, con ratificación expresa del imputado en cuanto a la calificación y el estimado de la pena.
Sobre el caso puntualizó la Juez, tener legal y plenamente probado:
Entre los años 2008 y 2010, en circunstancias que un individuo convivía en el paraje “El Ochenta” con una menor de entre 7 y 9 años, hija de su pareja, llevaba a la misma en un Fiat Duna a una zona alejada de la vivienda donde de manera reiterada abusaba sexualmente de ella mediante tocamientos en sus zonas íntimas.
Entre 2010 y 2011, el mismo sujeto y cuando convivían en el paraje Pueblo Nuevo del Partido de Castelli, abusó sexualmente de la menor dentro del mismo vehículo, accediéndola carnalmente.
El mismo sujeto y cuando la menor contaba con 12 años de edad, en oportunidad que esta lo trasladaba en moto hasta el cruce con la Ruta 41, abusó sexualmente de ella tocándola con sus manos sobre sus zonas íntimas contra su consentimiento.
La progenitora de la niña indicó que esta le había contado los abusos que había sufrido de parte de su pareja, dónde y cómo habían sucedido, a raíz de lo cual se había separado de ese individuo.
La menor relató con detalles los abusos que había sufrido, habló de la relación de su madre con el abusador, de su padre biológico, que vivía en otra localidad, y dijo que primero le había contado a una amiga lo que padecía y que ésta se lo había dicho a su mamá.
Por su parte el padre de la niña hizo la denuncia en la Estación de Policía Comunal de Lezama, indicando que la notaba rara, que cuando la había ido a buscar a Castelli su ex pareja le había contado lo que la hija había dicho de los abusos, acordando con aquella que haría la denuncia.
De su parte la pericia psicológica indicó que no había indicadores de fabulación, o que se advirtieran ideaciones motivadas o inducidas por un adulto.
Por todo ello la Dra. Castro resolvió condenar a E.B., empleado rural y con domicilio en Castelli, como autor del delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización reiterado (Hecho I); Abuso sexual con acceso carnal reiterado (Hecho II), y Abuso sexual (Hecho III), todos agravados por la situación de convivencia preexistente en concurso real entre sí”, imponiéndole una pena de Ocho años de prisión.