El gobierno bonaerense reglamentó la ley de Participación Política Equitativa entre Géneros que determina que las listas de precandidatos para las PASO del próximo 11 de agosto, y en la de candidatos de las elecciones generales del 27 de octubre, “se deberá respetar una equivalencia del 50% de género femenino y otro 50 % de género masculino”.
Así lo establece el decreto publicado en el Boletín Oficial provincial que lleva la firma de la gobernadora María Eugenia Vidal y que contempla que “en caso de listas cuyo número de precandidatos sea impar, la diferencia entre hombres y mujeres no podrá ser superior a uno”.
También dispone que las autoridades de las agrupaciones políticas con competencia electoral en las elecciones primarias y generales deberán notificar a los apoderados de las listas de precandidatos, al momento de la presentación de las mismas, esta obligación.
Por otra parte, el decreto advierte que la Junta Electoral de la Provincia no podrá oficializar ninguna lista que no cumpla con los requisitos establecidos.
En el decreto se recordó que la Ley de Paridad de Género se implementó parcialmente en el año 2017 porque no se respetó la alternancia y secuencialidad de candidatos mujeres y varones.