Esta iniciativa del nuevo Código Contravencional tiene como principal objetivo garantizar la normal circulación de peatones, especialmente de aquellas personas con movilidad reducida.
La misma establece la obligación de respetar un espacio transitable de 1,5 metros de ancho y sólo se podrá estacionar cuando la acción se realice en las subidas para ingreso y egreso de garajes, o lugares reservados para personas con discapacidad.
Lo establecido en el Articulo N° 154 de la reciente sancionada Ordenanza N° 5457/2020 apunta a continuar con la reorganización vehicular implementada por el gobierno municipal, priorizando el respeto entre los miembros de la comunidad.
De esta manera se busca solucionar los inconvenientes que se presentan a los transeúntes y personas con movilidad reducida debido a lo obstrucción de veredas por parte de automóviles estacionados sobre ellas.