Cuáles son los beneficios para los clubes en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción

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  • Por el economista Alejandro Bonavita (alejandro.bonavita@gmail.com)

El decreto 332/2020 creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), estableciendo una batería de instrumentos de apoyo a los sectores productivos, como así también a sectores no lucrativos con alto impacto social, tal el caso de los clubes.
La reglamentación estableció que para acceder a uno o varios de esos instrumentos es necesario adherir al Servicio ATP de AFIP, y ejercer alguna de las actividades enumeradas por la autoridad de aplicación.
Las actividades realizadas por los clubes se encuentran alcanzadas, por lo que el sólo registro en el sistema habilita a solicitar los beneficios, que no son otros que diferimiento de AFIP y transferencias directas de ANSES.

-¿Qué incluyen esos beneficios?
Para todas las entidades postergación de pago de Contribuciones al Sistema Jubilatorios; y dependiendo del tamaño (cantidad de empleados) pueden optar por reducción de las contribuciones, y solicitar Asignación Complementaria del Salario o solicitar un programa de Reconversión productiva (REPRO).
Además por disposición de BCRA todos tienen disponible una línea de financiamiento para garantizar el pago de nóminas salariales. Ahora bien, estos beneficios aplican diferente en cada mes.
Por disposición de AFIP opera de manera automática para los clubes que se registren  la postergación por 60 días para el pago de las contribuciones para la seguridad social correspondientes a sueldos de marzo.

-¿Esto significa que el empleador, el club, sólo debe pagar este mes el salario neto de bolsillo?
NO. El costo salarial total incluye el salario de bolsillo más los aportes personales que aparecen como descuento en recibos de sueldo. Además el empleador realiza contribuciones que no aparecen en el recibo; son contribuciones a la Seguridad Social; a las Obras Sociales y a las ART. Pero la postergación sólo es para las Contribuciones a la Seguridad Social. Es decir que para el mes de marzo y abril deberán afrontar el sueldo bruto (bolsillo más aportes personales), y las contribuciones patronales excepto las de seguridad social.

-En valores concretos, ¿qué significa?
En números aproximados para un club imaginemos un sueldo bruto de $ 50.000, de bolsillo son $40.000; pero el costo total para el empleador llega a $65.000. De eso lo que se posterga es el pago de unos $ 5.300 de Contribuciones a la Seguridad Social (sólo las destinadas al Sistema Jubilatorio).
Con respecto a los $ 40.000 de bolsillo como todos los empleadores, los clubes disponen de la posibilidad de acordar giro en descubierto para pagar salarios con una tasa de 2% mensual, por disposición de BCRA.
Es decir que de los $ 65.000, $ 5.300 se postergan para junio y $ 40.000 son “financiables hasta junio al 2% mensual”.

-¿Y para los meses siguientes?
Para el sueldo de Abril, aquellos clubes con menos de 100 empleados, si se encuentran registrados en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción pueden optar por diferir el pago o solicitar una reducción de las contribuciones, pero el aporte más significativo es que pueden solicitar una Asignación Complementaria al Salario, que consiste en una transferencia del estado al empleado, y el empleador sólo debe completar el salario normal en lugar de pagarlo completo.
Ambos beneficios serán graduados según la cantidad de empleados, por ejemplo para entidades con menos de 25 empleados, la mayoría de los clubes barriales, recibirían una ayuda para pagar los salarios de $ 16.850, a lo que se suma una reducción de 95% de Contribuciones Jubilatorias, lo que completaría una ayuda del orden de los $ 20.000 por empleado. Es decir que la ayuda directa no reintegrable rondaría el 30% de la masa salarial, incluyendo aportes y contribuciones.
Si el club tuviese entre 25 y 60 empleados, la ayuda cubriría el 25% del costo salarial.
Para entidades con más de 60 empleados reciben la Ayuda Salarial por $ 8.437, pero para acceder al alivio en las contribuciones no es automática sino que deberán tramitar el Procedimiento preventivo de crisis de empresas ante el Ministerio de trabajo.

-Resumiendo…
Todo esto vale para cualquier empresa, persona u organismo que desarrolle alguna de las actividades consideradas críticas; los clubes fueron incluidos en ese listado.
Todos quienes se registren acceden a postergación en el pago de Contribuciones destinadas al Sistema Jubilatorio.
Para aquellas entidades con menos de 60 empleados, pueden optar por la prórroga o una reducción del 95% de la Contribuciones al sistema Jubilatorio
Las entidades con menos de 100 empleados accederán a Asignación Salarial Complementaria (por medio de ANSES el estado cubre de manera no reintegrable parte de los salarios), dependiendo de la cantidad de empleados entre $8.437 y $16.750 por empleado; y para más de 100 empleados pueden solicitar una ayuda entre $6.000 y 10.000 por medio de REPRO.
Además, todos, se inscriban o no en este registro, tienen financiamiento directo para cubrir masa salarial por disposición de BCRA. (Fuente El Suplente)