Se introdujeron variaciones en puntos clave, como el RIGI, las empresas a privatizar y el blanqueo, entre otros.
Después de más de un mes de intensas tratativas en la Cámara alta, la Casa Rosada cedió parte del contenido de los textos a cambio del visto bueno de los senadores para avanzar en su aprobación. En total, sumó 45 modificaciones: 29 en la Ley Bases y 16 en el paquete fiscal.
En lo que se refiere a las facultades delegadas, el proyecto que llega del oficialismo está bastante lejos del que había mandado en diciembre ya que las recorta y son solo por un año renovables por el Congreso de la Nación.
El primer artículo, en el que se declara la emergencia pública por un año en materia administrativa, económica, financiera y energética -que faculta al Ejecutivo a arrogarse poderes especiales en estas áreas-, no sufrió modificaciones en esta última etapa. En Diputados, no obstante, esta prerrogativa presidencial se recortó sustancialmente, cuando pasó de 11 emergencias a tan solo cuatro.
En lo que se refiere a las empresas a privatizar, primero se limitó la facultad del Poder Ejecutivo para intervenir organismos públicos y se bajó de las 41 empresas originales a 9. El proyecto estipula la privatización total para las siguientes cuatro empresas estatales: Aerolíneas Argentinas S.A., Energía Argentina S.A., Radio y Televisión Argentina S.E., Intercargo SAU.
En este punto, varios senadores están en contra de privatizar Aerolíneas y Radio Nacional, lo que hace que aún se siga negociando la posibilidad de quitarlos del listado en el recinto.
Pero también se cambió a que algunas empresas pasen a ser posibles de ser privatizadas de manera parcial o concesionadas. En esta lista quedaron Agua y Saneamientos Argentinos S.A.; Correo Oficial de la República Argentina S.A.; Belgrano Cargas y Logística S.A.; Sociedad Operadora Ferroviaria S.E (SOFSE) y Corredores Viales S.A.
Acá la mayor discusión recaerá en el caso del Correo, en donde los senadores patagónicos y los del norte del país coinciden en la necesidad de que sea público para que se asegure la capilaridad en todo el país, incluyendo las localidades más pequeñas.
Uno de los momentos que seguramente se llevará buena parte del tiempo de debate será el Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI). Acá la oposición reformuló el artículo 163 que declaraba “nulo de nulidad absoluta” toda norma provincial que se oponga al RIGI. En este caso, quedó que sólo aplica a aquellas jurisdicciones que decidan adherir al régimen.
Una de las criticas mayores fue que este régimen dejaba en desventaja a los proveedores locales frente a los globales. A partir de esto es que se incluyó un inciso que prevé el desarrollo de las cadenas de producción locales así como también limitar el margen de acción de los proveedores de bienes o servicios con mercadería importada.
Asimismo, se eliminó el artículo que establecía que a partir del tercer año no había imposibilidad para el giro de dividendos y utilidades de las compañías que estén en el RIGI.
En lo que se refiere al paquete impositivo, se incluye -en Diputados había sido eliminado- el Monotributo Social y se incrementan los techos en cada una de las categorías. Respecto de Bienes Personales, se suma un artículo y aumenta 20% la alícuota del impuesto para los que entraron al blanqueo, pasando de una tasa de 0,5% a 0,6 por ciento.
En cuanto a Ley Minera e busca modificar el artículo 22 de la ley 24.196, sobre inversiones mineras, para incrementar del 3% al 5% el tope de regalías percibidas por las provincias sobre el valor ‘boca mina’ del mineral extraído.
En cuento al blanqueo, se eliminó la posibilidad de que las criptomonedas sean parte de los bienes que puedan ser regularizados. La redacción original estipulaba: “sin importar quien ha sido su emisor, quien es su titular o donde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas”, pero ante el rechazo opositor fue quitado del texto.
-Respecto del dinero que sea regularizado y depositado a Cuenta Especial de Regularización de Activos, se adicionó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo promueva con éste “la inversión productiva de pequeñas y medianas empresas en las Provincias de menor grado de desarrollo relativo o fomentar el crédito de las mismas”.
-Se excluyó del régimen a los funcionarios públicos de los últimos diez años. En la redacción original se contemplaban aquellos que se hayan desempeñado en los últimos cinco años.
-Se excluyó del régimen a los hermanos de los funcionarios públicos. Se sumaron a los cónyuges, convivientes, padres e hijos.
-Se incluyó la prohibición de inscribirse en blanqueos futuros hasta el 31 de diciembre de 2038.
-Se incorporó un nuevo artículo para aumentar un 20% la alícuota del impuesto a los Bienes Personales para quienes se inscriban en el blanqueo. Con esta modificación, la tasa pasaría del 0,5% al 0,6%.
Esos cambios están contenidos en el dictamen de mayoría, el que impulsa el Ejecutivo. Por otra parte, existe uno de minoría, que presentaría el senador radical y presidente de ese partido a nivel nacional Martín Lousteau. Ese dictamen podría recibir el apoyo de Unión por la Patria. (DIB) AL