El ajuste se dividirá en 12% en octubre, 12% en noviembre y 10% en diciembre. El acumulado para el año es del 154%.
Los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordaron un incremento salarial para ese personal del 34% para el trimestre octubre-diciembre, informó el Ministerio de Trabajo.
En la reunión celebrada este lunes se acordó un aumento en el salario de los trabajadores que se implementará de la siguiente forma: 12% para el mes de octubre, 12% para el mes de noviembre, y 10% para el mes de diciembre. Eso arroja un acumulado del 154% en todo 2023.
En las próximas horas se publicará en el Boletín Oficial que, a partir del 1° de octubre, el personal para tareas generales cobrará $1184 la hora con retiro, o $145.230,50 el mes. En tanto, en la modalidad sin retiro, la hora ascenderá a $1277, y el pago mensual a $161.494,50.
Por otro lado, los supervisores, que se encarguen de la coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo, cobrarán $1428 la hora con retiro y $178.163 al mes. Sin retiro, la hora se cobrará $1564,50 y el mes. $198.453,50.
El personal para tareas específicas (cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo) tendrá un sueldo de $1352 la hora con retiro y $165.523,50 por mes. En tanto, sin retiro, la hora estará en $1482,50 y el mes, en $184.256.
En cuanto a los caseros, personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo, la hora será de $1277 y el mes de $161.494,50, mientras que el personal de asistencia y cuidado de personas cobrará lo mismo en la modalidad con retiro y $1428 la hora y $179.969 el mes sin retiro.
Cabe destacar que el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires. (DIB)