También existiría un permiso de la municipalidad para el guardado temporario y reparación de maquinarias agrícolas (Pulverizadoras)
En una nota publicada el 28 de noviembre del año pasado, dimos cuenta que la Asamblea Paren de Fumigarnos había denunciado ante la Fiscalía Ambiental el acopio de bidones de agroquímicos en el Aeroclub
En esa oportunidad señalamos que habían dado intervención a la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA) alertando sobre el acopio clandestino de bidones de agroquímicos y de maquinarias de aplicación terrestre de los mismos en el Aeroclub Chascomús, emplazado a menos de 400 metros de un centro educativo (Escuela Agraria) con el agravante de realizarse en un predio de la propia Municipalidad de Chascomús, que debe llevar un estricto control de este tipo de actividades.
En ese momento se habían llevado adelante inspecciones a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y el Ministerio de Ambiente, con muestras de suelo para su análisis.
También se habían presentado denuncias ante la Dirección de Aeronavegación provincial por infracción a la Disposición 1/10 y ante la municipalidad de Chascomús.
En esa oportunidad difundimos lo que establecen las normas sobre esta temática, las que a continuación recordamos.
* Res OPDS 505/19
LaRes OPDS 505/19, dispone:
– «Estar señalizado como lugar de almacenamiento de envases vacíos de fitosanitarios.
– Estar separado de líneas municipales o ejes divisorios de predios.
– Que tengan una distancia de al menos 500 m de un establecimientos de enseñanza, centros de salud, centros de recreación.
– Estar a 500m de aguas de superficie como ríos y depósitos utilizados para el abastecimiento de agua; así como no establecerse en zonas inundables.
– Estar alejado de lugares de almacenamiento de alimentos destinados al consumo humano o animal.
– Tener techo y protección en su superficie que impida la percolación de líquidos que pudieran derramarse.
– Ser un lugar ventilado (buena entrada y salida de aire)
– Ser un lugar aislado físicamente con tejidos o paredes.
– Ser un lugar de uso exclusivo para almacenamiento de envases vacíos de fitosanitarios.
* Disposición Nº 1/10 de la Provincia
La Disposición Nº 1/10 de la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial Y Planificación Aeroportuaria establece:
«Artículo 2º: Prohibir el ingreso al predio de todos los aeródromos provinciales, de maquinarias de aplicación terrestre de agroquímicos, con la única excepción de aquéllos que realizan tareas de pulverización en los cultivos del aeródromo.»
* Ordenanza Municipal N° 5329/18
La Ordenanza Municipal N° 5329/18 y su Decreto Reglamentario Nº 347/2019 fijan que:
Artículo 37 ter.- Por no respetar las normas de disposición final de los envases vacíos de fitosanitarios, multa de 50 a 1000 módulos.
La situación hoy
Hoy la situación ha tomado estado público a través de medios nacionales, dado que como resaltamos el Aeroclub está a menos de 400 m de un establecimiento educativo perteneciente a la Escuela Secundaria Agraria N° 1, donde se realizan prácticas con estudiantes.
Desde los denunciantes se resalta que hay violación a lo dispuesto por Decreto Reglamentario 134/18 de la Ley 27.279 de presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de agrotóxicos, exponiendo a la comunidad educativa al daño degenerativo de la salud por exposición a sustancias peligrosas.
Se dieron a conocer además declaraciones de una persona de la empresa responsable del acopio de bidones, suscriptas en el Acta de inspección llevada a cabo por la Dirección de Fiscalización Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agrario.
“Había al momento de la inspección…”, “… y al costado del tinglado se encuentran estibados bidones vacíos que las empresas aplicadoras y productores con autorización del área de medio ambiente del municipio de Chascomús”.
En tanto del acta de inspección llevada a cabo por el Ministerio de Ambiente provincial declara que personas vinculadas a las empresas “manifiestan que en el predio del aeródromo Municipal, cuentan con un permiso de la municipalidad para el guardado temporario y reparación de maquinarias agrícolas (Pulverizadoras). Nos manifiestan que son aproximadamente 10 propietarios responsables de 15 pulverizadoras aproximadamente.”
Ambas intervenciones fueron producidas en el marco de una Investigación Preliminar por averiguación de infracción a Ley de Residuos Peligrosos, la cual se tramita en la UFI Nro. 10 de Chascomús, a cargo la instrucción de la causa.