El oficiliamos aprobò hoy en el Senado la modificación de la Ley del Manejo del Fuego que impide el cambio de actividades de los campos incendiados, una inciativa impulsada por Máximo Kirchner con el argumento de evitar la especulación de los propietarios de esas propiedades.
El proyecto que modifica la Ley de Manejo del Fuego fue aprobado con 41 votos a favor y 28 en contra por parte de las bancadas opositoras, que rechazaron la iniciativa por considerarla «inconstitucional».
La iniciativa impulsada por el jefe del bloque de diputados del Frente de Todos (FdT) establece que «no se podrá cambiar el uso» de las zonas afectadas por los incendios de los últimos meses «para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino» que tenían al momento del siniestro.
La norma establece un plazo de 60 años para «los bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales» y de 30 años cuando se trate de una zona agrícola, donde tampoco se podrá modificar la actividad previa al incendio.
Como miembro informante, la senadora del FdT, Ana Almirón, informó que «Argentina ardió en llamas literalmente» y precisó que hubo 900 mil hectáreas afectadas en 22 provincias y que «más del 90 por ciento» de los incendios «se dieron producto del accionar del hombre, intencional o por descuido».
«Es sumamente urgente» una normativa de esta naturaleza, consideró Almirón, y rechazó las críticas de opositores que sostienen que se trata de medidas contrarias a los productores agropecuarios. «No podemos permitir que algunos vivos hagan negocios justamente con la afectación del medio ambiente», proclamó.
En nombre de la oposición, la senadora de PRO Gladys González consideró que el proyecto convertido en ley «no soluciona» el problema de las quemas y cuestionó que «no se avanza en la nueva ley de protección de humedales» que, a su entender, sería el mejor camino para abordar este tema.
Al respecto, sostuvo que la nueva ley afecta la autonomía provincial porque «son las provincias las que tienen que definir el uso del suelo» y agregó que por ello la iniciativa «es claramente inconstitucional».
«Está bueno ayudar a nuestro conductor a hacer buenas leyes, no está bueno decirle que si a todo lo que dice. Esta no es una buena ley porque va en contra del principio de no regresividad y establece plazos para proteger tierras que ya están protegidas a perpetuidad», precisó.
La cordobesa Laura Rodríguez Machado, a su vez, opinó que el proyecto «es cero federal» e «inconstitucional», ya que afecta «el derecho de propiedad privada».
Mientras que el senador Alfredo De Angeli, ex productor agropecuario, pidió que la propuesta vuelva a comisión, pero su iniciativa fue rechazada tras una votación. «Esto no resuelve el problema de los incendios, para eso hay que hacer políticas de prevención, de control y de manejo. Están estigmatizando a los productores», aseveró.
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto el 18 de noviembre por 132 votos a favor y 96 negativos en el marco de una extensa sesión en la que hubo fuertes cruces entre oficialismo y oposición.
Al tratarlo en comisión, los senadores aprobaron modificar la ley 26.815, de Manejo del Fuego, para que se establezca que quedarán prohibidos desde la extinción de incendios realizar modificaciones en el uso y destino de esas superficies así como cualquier emprendimiento inmobiliario.
El artículo 22 bis establece que «en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, se prohíbe por 60 años desde su extinción modificar en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio».
También se prohibirá durante ese lapso «la división o subdivisión, excepto que resulte de una partición hereditaria, el loteo, fraccionamiento o parcelamiento, sea parcial o total, o cualquier emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares».
La propuesta prevé no permitir, además, «la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales; y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio».
En la iniciativa se establecen las mismas restricciones pero por 30 años en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural.(Fuente:La Prensa)