La Cámara Federal de Casación anuló la absolución al extitular de la DAIA por el delito de asociación ilícita en la causa por la quiebra del Banco Mayo y ordenó al Tribunal dictar un nuevo veredicto
La Cámara Federal de Casación anuló la absolución al extitular de la DAIA Rubén Beraja por el delito de asociación ilícita en la causa por la quiebra del Banco Mayo y ordenó al Tribunal dictar un nuevo veredicto.
El máximo tribunal penal del país ratificó la prescripción de otros delitos por los que Beraja y los exdirectivos del Mayo fueron juzgados, pero anuló la decisión del Tribunal Oral Federal 3 que los absolvió por asociación ilícita y dispuso que se dicte un nuevo veredicto «con la celeridad que el caso impone», según el fallo a la que accedió Télam.
En votos separados, los camaristas Javier Carbajo y Gustavo Hornos coincidieron al valorar que los acusados habrían conformado una asociación ilícita para defraudar a inversores y ahorristas de la entidad que comandaba Beraja y que el Tribunal no fundamentó debidamente las razones por las cuales dictó la absolución, por lo cual anuló esa parte del veredicto.
«No es ocioso recordar que gran pare del sistema bancario se asienta en la confianza y solidez que despiertan sus instituciones, extremo que fue destacado por la querella a la hora de analizar justamente la actuación del Banco Central respecto de las operaciones de redescuentos tendientes justamente a sostener el marco de solidez del sistema que la situación crítica del Banco Mayo amenazaba», destacó en su voto el camarista Carbajo.
Por su parte, Hornos sostuvo que correspondería condenar a Beraja como supuesto jefe de la asociación ilicita porque «fue quien no sólo condujo los hilos del entramado lícito de la citada entidad bancaria, sino que comandaba la organización ilícita que se montó en de su seno y que funcionó a expensas de ésta, dentro de la que tuvo en todo momento el poder real de toda la estructura».
Hornos aludió a un «engaño a los mismos inversores, que creían estar depositado su confianza y su dinero al amparo de una respetable y confiable entidad bancaria, cuando en realidad no era así».
Beraja era la «máxima autoridad del Banco Mayo -Presidente del Consejo-, e influyente referente y líder de una importante comunidad en la Argentina».
Casación dispuso anular la absolución por asociación ilícita dictada en el juicio oral a Beraja, y exdirectivos del Banco como Salomón Cheb Terrab, Víctor Liniado, Sergio Kompel, Isaac Duek, Rafael Charur y David Malik.
Hornos votó en minoría por condenar de manera directa a Beraja, pero consensuó para tener una postura mayoritaria con la postura de Carbajo, referida a enviar el caso nuevamente al Tribunal Oral para que sea allí donde se dicte un nuevo veredicto.
«La estructura bancaria que ofrecía el ex Banco Mayo, le permitió a la asociación contar con una aparente imagen de legalidad, debajo de la cual se ampararon para atraer la confianza de inversores y del incauto público en general», argumentó el fallo.
El TOF 3, luego de un juicio oral que duró más de un año en los tribunales federales del barrio de Retiro, absolvió a todos los acusados el 16 de julio de 2019, decisión que fue apelada por el fiscal de juicio Fernando Arrigo y por la querella del Banco Central.
Los otros dos delitos por los que fueron juzgados -defraudación a la administración pública y administración fraudulenta- fueron considerados prescriptos por el paso del tiempo, algo que sí confirmó Casación.
El camarista Mariano Borinsky votó en disidencia.
En el juicio se juzgó lo ocurrido entre 1995 y 1998 cuando según la acusación se cometieron las maniobras de vaciamiento que derivaron en la quiebra de la entidad.
El fiscal Arrigo había pedido en el juicio oral siete años de cárcel para Beraja y la restitución de 298 millones de dólares al Estado Nacional. (Telam)