El procesamiento alcanzó a Arribas y a Majdalani, junto a los agentes que integraban el grupo de Whatsapp SuperMarioBross y los penitenciarios que están acusados de vigilar presos k. A Dario Nieto, secretario de Macri, le dictaron la falta de mérito
Justo cuando el país debatía el escándalo por el “vacunatorio vip” que derivó en la renuncia del ministro de Salud Ginés González García, los ex titular de la AFI macrista Gustavo Arribas y Silvia Majdalani y el ex titular del Servicio Penitenciario Federal Emiliano Blanco quedaron este viernes procesados como responsables de una asociación ilícita que llevó adelante distintas tareas de espionaje a políticos de la oposición y el oficialismo, a periodistas, jueces y gremialistas, y también a presos de causas kirchneristas. El procesamiento alcanzó a otros 36 imputados, entre ellos autoridades e integrantes de la AFI, agentes penitenciarios y policías. A la ex funcionaria de Casa Rosada del gobierno Susana Martinengo se la procesó como partícipe de la banda, según el fallo al que accedió Infobae. A contramarcha de lo que decían querellantes k, al secretario de Mauricio Macri Darío Nieto le dictaron falta de mérito, como había recomendado la fiscalía.
La decisión fue tomada hoy por el juez federal de Lomas de Zamora Juan Pablo Augé, apenas volvió a sus manos la causa del espionaje. El pedido de procesamiento por parte de los fiscales estaba desde diciembre, pero la definición se demoraba. Hace exactamente una semana, la Cámara Federal de Casación Penal decidió que el caso dejara Lomas de Zamora y pasara a la órbita de Comodoro Py. La Sala IV de Casación resolvió, por un voto dividido, que el expediente debía tramitarse en los tribunales de Retiro. El caso quedaba entonces en manos de la jueza María Capuchetti y el fiscal Carlos Stornelli.
Esa mudanza, sin embargo, quedó en “stand by” por orden de Casación, a raíz de una apelación de la vicepresidenta Cristina Kirchner. Es que la noticia sacudió puertas adentro al Gobierno. Fue entonces cuando el presidente Alberto Fernández y la ministra Marcela Losardo cuestionaron abiertamente al Poder Judicial y su credibilidad.
Ahora, mientras Casación estudia el planteo de CFK para definir si habilitan que el tema de la competencia suba a la Corte Suprema, el desembarco del caso a Comodoro Py quedó suspendido. El expediente regresó al control de los tribunales de Lomas de Zamora. En esas condiciones, Augé firmó esta noche los procesamientos.
En sintonía con la fiscalía, el juez entendió que existió una “asociación de carácter permanente con distribución de funciones, jerarquías y responsabilidades, de conformidad con el denominado ‘ciclo de inteligencia’, creada con la finalidad de obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre un número indeterminado de personas por el solo hecho de sus acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales (…), todas acciones expresamente penadas por la Ley Nacional de Inteligencia”.
“Considero que la organización llevada adelante por las cabezas de la Agencia Federal de Inteligencia y el Servicio Penitenciario Federal; funcionarios a cargo de Direcciones operativas; y agentes estatales de todas las jerarquías; con los exclusivos propósitos de realizar actividades prohibidas por la ley Nacional de Inteligencia de manera indeterminada, de forma prolongada y permanente, representaron una real amenaza para la tranquilidad de las personas”, afirmó en su fallo. “El solo hecho de que funcionarios con roles importantísimos en nuestra sociedad, miembros del sistema Nacional de Inteligencia, obligadas a desarrollar sus actividades de conformidad con la Constitución Nacional y los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, utilicen la estructura y recursos del Estado Nacional para la comisión de ilícitos es un motivo válido para que cualquier habitante se sienta intranquilo”, dijo.
La causa que nació en Lomas de Zamora tiene una significativa importancia para el kirchnerismo. Es que desde allí se logró demostrar por un lado la vigilancia sobre la entonces ex presidenta Cristina Kirchner en el Instituto Patria durante 2018. Arribas, Majdalani, el ex director de Contrinteligencia Martín Coste y el jefe de Operaciones Especiales Alan Ruiz fueron procesados por este caso.
Pero además la declaración de un narcotraficante ante el juez federal Federico Villena permitió desandar un ovillo que destapó la existencia de un grupo de Whatsapp llamado “Supermariobross” en donde espías compartían los seguimientos que le hacían dirigentes opositores al macrismo y también a integrantes de ese espacio como Horacio Rodríguez Larreta y María Eugenia Vidal, junto a periodistas y gremialistas. Un tercer capitulo se abrió el capítulo sobre las vigilancias a los llamados presos K. Hubo una veintena de detenciones que cuando salió de las manos de Villena se desactivaron.
Se llamó a indagatorias a unos 40 imputados. En aquel momento, Arribas rechazado las acusaciones, habló de una “persecución política” y despegó al ex presidente Mauricio Macri de cualquier sospecha. “No ordené la comisión de un delito o realización de actividades de inteligencia ilegal, tampoco recibí ningún pedido u orden de esta naturaleza”, aseguró. “A veces siento que mi procesamiento ya está escrito, ojala me equivoque”, agregó. A mediados de diciembre, la fiscalía que comanda Cecilia Incardona había solicitado a mediados de diciembre el procesamiento de la mayoría. La decisión de Augé estaba sin embargo pendiente y llegó la noche del viernes.
“En el caso de Gustavo Arribas, Silvia Majdalani, Cristian Surianoy Emiliano Blanco aprovecharon la estructura de la AFI y del Servicio Penitenciario Federal para organizar, comandar, reclutar, establecer funciones y responsabilidades para el funcionamiento de la empresa criminal. Lo dicho facilitó la toma de decisiones y la distribución de funciones, puesto que se aprovecharon las jerarquías en pos de un rápido y fluído funcionamiento de la asociación. El uso de tales estructuras en modo alguno quita la voluntad del resto de los integrantes que no intervinieron en la creación de la empresa criminal, muy por el contrario reafirma la decisión de tales miembros selectos en pertenecer a una organización que dentro del Estado se encargó de cometer ilícitos”, dijo Augé.
Según expresó, “el acuerdo y/o pacto fue expresado a través de acciones concretas que demuestran la decisión de pertenecer y compartir una comunidad delictiva, pero además confirman la permanencia de la organización, tan es así que los acusados además de realizar la serie de acciones que han sido relatadas , comprobadas a lo largo de la investigación, en su mayoría, participaron activamente en grupos de Whatsapp creados a fin de fijar objetivos; recibir y/o emitir directivas; obtener, transmitir y almacenar información prohibida en los términos de la Ley Nacional de Inteligencia”. Y añadió: “los grupos de whatsapp Supermario, Luiggi, Mario Bros y ‘Círculo de confianza’ (entre otros) demuestran que se trató de una empresa permanente pero, a su vez, confirman que efectivamente existió un acuerdo ejecutado por agentes de diferentes jerarquías y agencias que formaron parte de la organización”.
Arribas y Majadalani fueron procesados y embargados por 8 millones pesos. También fueron procesados -con embargos por 4 millones de pesos – el ex director de Operaciones Especiales Alan Flavio Ruiz, y a los agentes Andrés Patricio Rodríguez, Juan Sebastián De Stefano, Bernardo Miguens, Diego Luis Dalmau Pereyra, Jorge Horacio Sáez, Leandro César Araque, Facundo Melo, Emiliano Federico Matta, María Mercedes Funes Silva, María Andrea Fermani, Daiana Romina Baldassarre, Denise Aya Tenorio, Dominique Lasaigues, María BelénSáez, Javier Esteban Bustos, Jonathan Ezequiel Nievas, Mariano Ignacio Flores, Martín Terra, Jorge Guillermo Ochoa y Gustavo Marcelo Ciccarelli”. En la misma linea se procesó Aníbal Rolando Meza, Matías Gregorio Fernández, Sebastián Alejandro Siri, Oscar Atilio Lema, Juan Carlos Rubén Silveira, Cristian Lionel Suriano, Miguel Ángel Perrota, Fernando Carra, Emiliano Blanco, Mariano Ruda Bart”. Los procesamientos alcanzaron también a a Darío Emiliano Picabea, Fernando Gustavo Whaler, Sebastián Alejandro Iglesias; Claudio Héctor Marcus y Susana Mabel Martinengo, con embargos por $ 2.500.000
Sobre Nieto, el juez repasó que se lo imputó por “haber recibido de Susana Martinengo, al menos los informes vinculados a la comunidad Mapuche y a las manifestaciones vinculadas con el proyecto de ley de movilidad jubilatoria, convirtiéndose así en un canal subsidiario de la transmisión de la información producida en violación a la ley de inteligencia por los imputados Saez y Araque, principalmente”. Y reseñó que “la evidencia que fundó su llamado a indagatoria se basó principalmente en el contenido de las conversaciones que había mantenido Leandro Araque con Susana Martinengo, en las que esta última refería que los informes elaborados por Araque y Sáez, a partir de acciones de espionaje, serían elevados por ella a Darío Nieto, para que lleguen a conocimiento del expresidente de la Nación, Mauricio Macri”.
El juez Augé afirmó que “la evidencia que fundó su llamado a indagatoria se basó principalmente en el contenido de las conversaciones que había mantenido Leandro Araque con Susana Martinengo, en las que esta última refería que los informes elaborados por Araque y Sáez, a partir de acciones de espionaje, serían elevados por ella a Darío Nieto, para que lleguen a conocimiento del expresidente de la Nación, Mauricio Macri.”
“Ahora bien, analizado el contenido de los dispositivos electrónicos utilizados por Darío Nieto, junto a los de Susana Martinengo y los del resto de los imputados, se advierte que los elementos de prueba no son suficientes para permitir razonablemente comprobar la participación de Darío Nieto en los hechos descriptos”, señaló. En ese sentido, Augé sostuvo que “más allá de los mensajes que fueron considerados por el Ministerio Público y el suscripto, al solicitar y disponer el llamado a indagatoria del nombrado, no se ha colectado nueva prueba que permita avanzar sobre la hipótesis de cargo que motivó la imputación”. “Por lo tanto, corresponde que se dicte la falta de mérito a su respecto”. (Fuente: Infobae)