Con un decreto sin validez, se espera que el Concejo Deliberante analice el informe y las propuestas para la concesión del Edificio del Turista

Tras el decreto del Intendente Javier Gastón adjudicando a G y C Construcciones y La Continuidad la concesión del Edificio del Turista, surgió el reclamo de otra empresa que manifestó ser oferente mal rechazada y una comunicación aprobada en el Concejo Deliberante pidiendo que el Departamento Ejecutivo le enviara el correspondiente informe del llamado a presentación de propuestas.
En este marco y pese a la cerrada posición adoptada por el oficialismo, se destacó lo decidido por G y C y La Continuidad, señalando que no se sentían concesionarios hasta tanto el Cuerpo Deliberativo, a través de una ordenanza, avalara el citado decreto.
Sin duda una postura valorable en el marco de la situación planteada.
No obstante, no será el decreto, que a nuestro entender es nulo dado que no cumple con la ordenanza vigente, sino el informe y las propuestas las que deben ser enviadas por el Departamento Ejecutivo para su tratamiento en el Concejo Deliberante sobre su conveniencia o no, a fin de continuar con el trámite administrativo para su convalidación.
Esto lo dice claramente el artículo 4to. de la ordenanza aprobada:
“El Departamento Ejecutivo deberá realizar un llamado a presentación de propuestas, debiendo dar difusión en medios locales, provinciales y nacionales, enviando invitación directa a las cámaras empresariales y de comercio del Gran Buenos Aires durante SESENTA DÍAS corridos, otorgando la posibilidad de que otros oferentes conozcan el llamado y presenten propuestas con las nuevas condiciones previstas en la presente Ordenanza. Si se presentaran otra/s propuesta/s, la/s misma/s se deberá/n remitir al Departamento Deliberativo, previo informe/evaluación del área competente del Departamento Ejecutivo hacer de su conveniencia o no, a fin de continuar con el trámite administrativo para su convalidación. En caso que no se presente otra propuesta, se autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar la Adjudicación directa al consorcio de empresas GyC Construcciones S.A. y La Continuidad S.A. en la forma y por el plazo establecida en la presente”.
O sea que la adjudicación por decreto solamente es valedera cuando hay una única propuesta, y ese no perecería ser el caso.
El Municipio actuó como si así fuera, pero en su boletín oficial publicó que “Cabe mencionar que el 7 de marzo de 2025, la firma IJUMED S.A. manifestó, a través de su apoderado, su intención de participar en el proceso. Sin embargo, se le informó que el plazo para la presentación de proyectos finalizaba el 25 de marzo.
En dicha fecha, fuera del horario administrativo (a las 13,40 horas), la empresa realizó una nueva presentación con información limitada.Al analizar la documentación aportada, se determinó que la sociedad no contaba con la capacidad jurídica necesaria para contratar con el Estado Municipal, por lo que su solicitud fue desestimada”.
En este punto es donde está la clave de lo que se ha generado. Si la documentación se presentó fuera de término, se rechaza y no se abre, y tampoco se analiza.
Una vez hecho esto no se puede dictar un decreto de único oferente, todo el expediente debió ser informado y enviado para ser abordado por el Concejo Deliberante.
Finalmente y esto también lo deberá estudiar el Cuerpo Deliberativo, si el proyecto que el Ejecutivo entiende es viable tiene intervención urbanística, tal caso de cambios en la plazoleta Bramuglia, deberá ser consultado el COUT (Consejo de Ordenamiento Urbano Territorial).
Es importante no se repita lo sucedido en el mismo lugar, con la calzada anulada, en base a una ordenanza vencida y sin consulta alguna al Concejo Deliberante ni al COUT y que hoy se ha transformado en un estacionamiento de carritos gastronómicos.