Dolores
En un fallo reciente dictado por la Dra. María Eva Merlo en el marco de un juicio abreviado, se condenó a un joven vecino de Dolores juzgado por un hecho de “abuso sexual simple”, que fuera perpetrado en dicha ciudad hace cinco años.
Según surge del veredicto, en horas de la noche del 6 de octubre de 2013, en el interior de una vivienda de la mencionada localidad un sujeto adulto abusó sexualmente de una niña de cuatro años de edad, efectuándole tocamientos con sus manos en las zonas íntimas y sin el consentimiento de la menor.
Según la denuncia formulada por la progenitora la niña y un hermano mayor habían quedado al cuidado de la abuela, su madre, enviándole ésta un mensaje diciéndole que regresara porque la nena estaba llorando. Precisó la denunciante que al llegar a la casa sus hijos estaban durmiendo, dejando ella que lo siguieran haciendo. Que al día siguiente habían concurrido a casa de un amigo de la familia, quien precisamente en un momento le dijo que había escuchado cuando la menor decía que un chico que iba a la casa de la abuela le había bajado el pantalón y la bombacha y le había tocado la cola. Indicó la mujer que al interrogarla le había hecho el mismo comentario, preguntándole entonces a su hijo qué había ocurrido, contándole éste que Fran… lo había mandado a buscar unos caramelos al auto, que no había nada en el vehículo y que al regresar su hermanita estaba llorando.
Agregó la denunciante que entonces se había dirigido a casa de su madre y comentado lo que decía la niña, diciéndole aquella que esa persona había estado en la casa, que en un momento dado había regresado preguntado si no se había olvidado el estéreo, y que ante la respuesta negativa el joven había dicho “se me habrá caído en la cama de…”, comprobando al levantar la sábana que ese elemento estaba entremedio de los dos menores, quienes se encontraban dormidos.
Dijo la madre de la menor que ante ello había decidido llevarla al Hospital para que la revisara el médico de guardia, quien le había dicho que no encontraba ningún signo de violencia, aconsejándola que hiciera la denuncia, la que realizó en la Comisaria de la Mujer.
La pericia psicológica a la niña determinó la no existencia de indicadores de fabulación ni ideaciones motivadas o inducidas por un adulto.
Para la titular del Juzgado Correccional nº 1 Departamental, los tocamientos realizados por un mayor valiéndose de una relación de confianza existente se convertían en impúdicos porque habían respondido indudablemente a un móvil de apetencia sexual, precisando, que no abrigaba dudas por las circunstancias del hecho, el imputado había buscado estar solo con la menor, haciendo para ello salir de la habitación mediante un artilugio al hermanito para luego tocarla. Puntualizó además, que la libertad sexual protege el candor, la inocencia o la ineptitud por falta de madurez mental para entender el significado psicológico del acto.
Por todo ello resolvió condenar un joven de 24 años de edad, nacido y con domicilio en Dolores, como autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual simple”, imponiéndole dada su falta de antecedentes una pena de “Dos años de prisión de ejecución condicional”, tal lo acordado por las partes en el convenio de juicio abreviado.
Nota: se omitieron detalles que pudieran identificar a la menor víctima. (Fuente Infozona)
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