El Estudio Ochoa patrocinó a la víctima
En el marco de un juicio abreviado consensuado por la Fiscal Verónica Raggio y los defensores particulares, la Dra. Claudia Castro actuando como Juez unipersonal del Tribunal en lo Criminal Nº 1 Departamental condenó a tres individuos juzgados por “abigeato agravado” en Chascomús, hecho perpetrado en el año 2014.
Cabe señalar al respecto que el patrocinante de la familia Sarena, víctima del despojo en esa oportunidad fue el Estudio Jurídico del Dr. José Ochoa.
Sobre el particular informó el diario Compromiso que la Dra. Castro consideró en su veredicto tener legal y plenamente probado, que el 20 de septiembre de 2014 al menos cinco personas, una de ellas funcionario policial y otra dedicada a la comercialización y crianza de vacunos, cumpliendo cada una un rol o función previamente determinada, violentaron candados en distintos corrales del establecimiento “San Eduardo”, ubicado en inmediaciones del kilómetro 129 de la Autovía 2, en el Partido de Chascomús. Que luego arriaron los vacunos hasta la manga existente y se apoderaron de 53 vacas, 13 terneros gordos y 15 terneros al pie, los cuales trasladaron en dos camiones hasta un establecimiento ubicado en el kilómetro 99 de la Ruta Provincial 36, jurisdicción del Partido de Magdalena.
El hijo del damnificado dijo que al llegar al campo había comprobado que la cadena de entrada estaba rota, que autores ignorados luego de forzar los candados colocados en distintos corrales habían arriado vacunos de propiedad de su padre y los habían cargado en camiones en la manga allí existente. Agregó haber llamado a la Patrulla Rural y contó sobre las dificultades que había tenido para realizar la denuncia, habiéndose comprobado durante la investigación de la participación en el robo de un funcionario de esa repartición policial, quien precisamente fue condenado el año pasado en este mismo Tribunal y por la misma Juez a “Seis años de prisión e Inhabilitación especial por 12 años para ser funcionario público”.
La investigación permitió verificar el paso de los camiones por el Peaje de Samborombón e identificar al propietario, quien al prestar declaración señaló a la persona que lo había contratado para trasladar a esos vacunos, que dijo los había llevado a los campos de la familia Bianchi, uno en Punta Indio y otro en Verónica.
Sebastián Bianchi al prestar declaración reconoció haber comprado los animales sustraídos, haber contratado los dos camiones para trasladarlos, haberlos llevado a un campo que había sido de su abuelo fallecido en la Ruta 36, y luego a los dos campos propiedad de su familia en el Partido de Magdalena donde luego la policía los había incautado.
La Juez señaló que el imputado había intentado presentarse como comprador de buena fe de los vacunos sustraídos, pero que todo ello se desmoronaba cuando reconoció haberlos ido a buscar de noche y haberlos trasladado sin haber sacado la guía correspondiente, lo cual había intentado justificar diciendo que eso era algo común, que además se contradecía con los dichos del camionero, quien había señalado que el imputado había reconocido que era hacienda robada y le había pedido que se escondiera.
Se destacó en el fallo, que si bien Bianchi había dicho que no conocía a una persona de apellido Toffani, el día del hecho había mantenido ocho comunicaciones telefónicas con éste y le había enviado un mensaje de texto.
Sobre Sergio Arturo Tonazzi Cánepa indicó la Magistrada, que el imputado al prestar declaración había reconocido haberle ofreció a Sebastián Bianchi en venta los vacunos que se sustrajeron, señalando cómo se había realizado la transacción y acordado la forma de pago, haberle explicado dónde quedaba el campo y cómo cargar los animales. Asimismo éste imputado había reconocido la relación de amistad que tenía con el policía de la Patrulla Rural condenado y conocer a Toffani, quien dijo había encerrado la hacienda para que la cargaran los camiones de Bianchi.
Por ello la Dra. Claudia Castro resolvió condenar a los tres imputados como coautores del delito de “Abigeato cuádruplemente agravado por haber sido cometido con fuerza en la cosas, por haber participado persona dedicada a la crianza y comercialización de ganado, por haber participado en el hecho tres o más personas, y por revestir uno de ellos la calidad de funcionario policial”, imponiendo a José María Toffani, apodado “Cabezón”, de 34 años, changarín, nacido y con domicilio en Chascomús, “Cuatro años y seis meses de prisión”; a Sebastián Alberto Bianchi, de 41 años, productor agropecuario, nacido en la ciudad de La Plata y con domicilio en la localidad de Bavio, Pdo. de Magdalena, “Cuatro años y ocho meses de prisión”; y a Sergio Arturo Tonazzi Cánepa, apodado “Gordo”, de 57 años, técnico agropecuario, nacido en la Capital Federal y con domicilio en Chascomús, “Cuatro años y ocho meses de prisión”. (Fuentes propias – Diario Compromiso – Infozona)