Se retrasó, ya que se esperaba que comience esta semana. Pero los bancos aun no tienen la información sobre los monotributistas y autónomos que están habilitados para acceder al beneficio
Aunque había una alta expectativa de que los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos que fueron anunciados por el Gobierno comenzaran a ser otorgados en estos días, desde la AFIP adelantaron que recién estarán disponibles a partir de la semana próxima. El organismo es el que debe validar quiénes son los contribuyentes que pueden acceder al beneficio.
El trámite para acceder al crédito se debe realizar a través de la página web de la AFIP, con clave fiscal. Una vez confirmados los datos, si el contribuyente está habilitado tendrá que ingresar su CBU. Esos datos serán transmitidos al Banco Central que será el encargado de solicitar a cada banco que acredite los montos correspondientes en las tarjetas de cada beneficiario.
“La persona que solicite el crédito no tiene que ir al banco”, aclararon desde AFIP. En la jornada del lunes, los bancos ya habían comenzado a recibir las primeras consultas de sus clientes, que buscaban acceder a los créditos. Sin embargo, señalaron que no contaban con la reglamentación ni la información de AFIP para poder avanzar.
“El banco trabajó todo el fin de semana para preparar la implementación de esta nueva operatoria y ya está lista. Cuando la AFIP realice la reglamentación correspondiente y envíe a las entidades el listado de los que pueden acceder, podemos empezar a otorgarlos. Hasta el momento, eso no ha ocurrido”, explicaron a Infobae desde uno de los principales bancos privados. Y adelantaron que el proceso, una vez salvado este último paso, será sencillo.
El Banco Central dispuso que los créditos deberán ser acreditados por los bancos dos días hábiles después de que el cliente los solicite. El saldo se acreditará directamente en la tarjeta de crédito del beneficiario y será por un monto correspondiente al 25% de la facturación anual de la categoría en la que está inscripto con un tope de $150.000.
Si la persona no cuenta una tarjeta de crédito, el banco —que figura en el listado de la AFIP— deberá emitir una tarjeta de crédito con un límite de compra al menos igual a la financiación que se le acredita, sin costo (excepto que el cliente realice consumos por montos superiores al importe acreditado).
Entre otros requisitos, para calificar es necesario que la facturación del monotributista o autónomo haya caído entre el 12 de marzo y el 12 de abril respecto del períodos anteriores. Y no pueden acceder quiénes tengan un trabajo en relación de dependencia o perciban una jubilación. En un primer momento, tampoco estaban autorizados quienes recibían el bono de Anses de $10.000 (IFE) pero luego ese requisito fue eliminado.
Según los datos oficiales, unas 2,3 millones de personas estarían en condiciones de acceder a estos créditos, entre monotributistas y autónomos. La mayor parte de estos beneficiarios corresponde a las categorías inferiores del monotributo: el 63% corresponde a monotributistas A y B (incluidos quienes percibieron el IFE) y C.
Para evitar una mayor presión sobre el dólar, el Banco Central estableció que hasta la cancelación del crédito, los autónomos y monotributistas no podrán comprar moneda extranjera en el mercado de cambios ni tampoco vender títulos con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a otras entidades.
El crédito será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. Tendrá un plazo de gracia de seis meses y se cancelará luego en 12 cuotas. (Infobae – Por Ximena Casas)