El máximo tribunal pidió al juzgado que le envíe el “soporte fílmico o digital” con el que se hayan registrado esas declaraciones. Las defensas de De Vido y otros reclamaron la inconstitucionalidad de la ley, su aplicación y la nulidad de toda la causa. El antecedente que permitió sobreseer a Máximo Kirchner y Wado de Pedro
La llamada causa de los cuadernos, en la que la vicepresidenta Cristina Kirchner está acusada de haber comandado una asociación ilícita que recolectó coimas entre empresarios, desfila por una delgada cornisa. Un grupo de defensores reclamó la nulidad de todo el expediente, por la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido y su aplicación directa en esta causa. Y ahora la Cámara Federal de Casación Penal decidió reclamar de manera “urgente” que le envíen el “soporte fílmico, digital y otro medio técnico en el cual se hayan registrado” las declaraciones de los arrepentidos. El dato no es menor: todos en Comodoro Py saben que esas grabaciones nunca existieron. Y hasta eso sirvió cuando a fin de año pasado el diputado Máximo Kirchner y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” De Pedro, quedaron sobreseídos por el financiamiento de La Cámpora.
Los acuerdos entre el fiscal Carlos Stornelli y los 31 imputados-colaboradores, entre ex funcionarios y empresarios, que tuvo la causa de los cuadernos quedaron detallados por escrito. Tanto el fallecido juez Claudio Bonadio como la Cámara Federal porteña consideraron que el papel constituía un “medio técnico idóneo” suficiente. Pero las quejas de las defensas llegaron a la Sala I de la Cámara de Casación, que ahora decidió tratar el tema.
En una audiencia que tuvo lugar el jueves y a la que asistió Infobae, un grupo de defensores, entre los que estaban los de Julio De Vido, exigieron saber si existían los registros de las declaraciones de los arrepentidos de los que habla la ley 27.304. Denunciaron la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido, en general, y su aplicación en este expediente y reclamaron la nulidad de todo lo que se hizo desde que se inició la causa. Dispararon sobre el remisero Oscar Centeno, su declaración y también la interpretación sobre sus cuadernos. Y apuntaron contra el fiscal Carlos Stornelli y el fallecido Claudio Bonadio. Hablaron además de la teoría del fruto del “árbol envenado”, la doctrina que establece que si una prueba se obtuvo de manera ilícita no puede ser usada en un proceso judicial. Esa doctrina fue, precisamente, lo que llevó a caer la investigación de la causa AMIA, cuando el caso llegó a juicio y los que terminaron acusados fueron los investigadores.
La discusión llega dos años después del inicio de la causa que sacudió al país y cuando la principal acusada es la vicepresidenta. El capítulo de los arrepentidos es el corazón del expediente. Según quien lo mire, es donde radica la principal fuerza o la mayor debilidad de la causa que se destapó por las anotaciones del chofer Oscar Centeno, narrando en detalle durante años viajes de recaudación cuando trasladaba a Roberto Baratta, mano derecha de Julio De Vido en el ex Ministerio de Planificación. “El futuro de la causa cuadernos depende de la política”, decían a Infobae en tribunales, cuando todavía no se sabía quién ganaría las PASO y el caso cumplía un año.
“Con esto se cae todo”, se entusiasman en diálogo con Infobae algunos defensores. Por lo pronto, Casación comenzó a estudiarlo y no tiene plazos para pronunciarse. Los encargados de decidir son los jueces Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña.
La causa
El caso de los cuadernos de la corrupción marcó un punto de inflexión en Comodoro Py cuando estalló el 31 de julio de 2018 y derivó en una seguidilla de ex funcionarios y empresarios presos. Fue entonces cuando una veintena de empresarios y ex funcionarios, acusados de una asociación ilícita encabezada por la ex presidenta Cristina Kirchner, reconocieron haber pagado o cobrado coimas en el marco de los negocios, licitaciones o convenios que surgían desde el Ministerio de Planificación. Algunos explicaron que lo hacían porque les pedían plata para la campaña, otros porque si no ponían dinero no obtenían licitaciones o no conseguían que se liberaran los pagos por los negocios que ya tenían con el Estado.
Lo cierto es que cada uno de los declaró como imputado-colaborador ante el fiscal Stornelli lo hizo sabiendo que debían aportar datos ciertos y valiosos para la investigación, apuntando “hacia arriba”. A cambio, los que estaban presos consiguieron la libertad; y los que podían quedar detenidos, consiguieron seguir el proceso sin ir a cárcel. Con su arrepentimiento, firmaban el reaseguro de que, a la hora de la sentencia, tendrían una reducción de la pena. Ahí se anotaron los ex funcionarios José López y Claudio Uberti, el financista Ernesto Clarens y empresarios que van desde Carlos Wagner hasta Angelo Calcaterra, pasando por Aldo Roggio y Enrique Pescarmona.
Las defensas cuestionaron desde el primer momento la aplicación de la ley en esta causa. Pero la Sala I de la Cámara Federal, con la firma de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi –hoy en el centro de la polémica por sus traslados y desplazados del segundo piso de Comodoro Py- ratificaron los procesamientos dictados, validaron las declaraciones los arrepentidos y elevaron el caso a juicio oral. El tema ya está en manos del Tribunal Oral Federal 7, a cargo de Fernando Canero, Enrique Mendez Signori y, hasta hace unos días, Germán Castelli, otro de los magistrados desplazados por el Senado porque llegó a ese lugar por un traslado.
Allí Cristina Kirchner está acusada de ser la jefa de una asociación ilícita -junto al fallecido ex presidente Néstor Kirchner- de haber comandado una asociación ilícita que funcionó entre principios de 2003 y noviembre de 2015, “cuya finalidad fue organizar un sistema de recaudación de fondos para recibir dinero ilegal con el fin de enriquecerse ilegalmente y de utilizar parte de esos fondos en la comisión de otros delitos, todo ello aprovechando su posición como funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional”. Por debajo de la hoy vicepresidenta, estaban De Vido y Baratta, Clarens y Wagner, de la compañía Esuco, que presidió la Cámara Argentina de la Construcción; y por abajo los “integrantes”, entre los que aparecen los arrepentidos José López, Claudio Uberti y Centeno, que se convirtió en testigo protegido. Los empresarios, que en un primer momento habían sido incluidos por Bonadio en la asociación ilícita, quedaron acusados por la Cámara Federal solo por haber entregado coimas.
El debate
El análisis sobre el rol de los arrepentidos está pendiente desde el año pasado. Incluso hubo un tironeo entre salas de Casación sobre quiénes eran los jueces que debían analizado el expediente cuadernos, una discusión que fue detallando Infobae mientras ocurría. Pero cuando finalmente la causa 9608/2018 quedó en manos de los jueces de Sala I y la jueza Figueroa fijó una audiencia para los primeros días de abril para escuchar a las defensas, llegó la pandemia y la audiencia se demoró más de medio año.
El jueves pasado, finalmente, en una audiencia en la que participó Infobae, hicieron oír sus quejas las defensas de De Vido, Hernán Gómez -ex funcionario de Planificación que estuvo preso cinco meses-, Gerardo Ferreyra -el ex dueño de Electroingeniería que fue incluido en la asociación ilícita- y Juan Lascurain -el ex titular de la Unión Industrial Argentina ya condenado en la causa Río Turbio y quien estuvo presente frente a los jueces de Casación-.
En nombre de De Vido, los abogados Maxiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro afirmaron que la ley del arrepentido y su aplicación en el expediente cuadernos es inconstitucional. “Fue una violación palmaria” de los principios de igualdad, de proporcionalidad, de legalidad y el derecho de defensa, dijo Rusconi. “Es muy llamativo que a mayor intervención en el ilícito, haya más calidad informativa y más chance de beneficiarse, cuando el que más participó del hecho más pena debería tener. Los que menos intervinieron son perjudicados, por haber intervenido menos. Es el mundo del revés. Y encima el que llega antes, le ganó el lugar a otro de arrepentirse”, afirmó.
Según la defensa, esas garantías no solo se violaron para los acusados que no se arrepintieron, sino también para los que aceptaron ser colaboradores. Y sostuvo que el caso de la ley del arrepentido nunca debió haberse aplicado en la causa cuadernos, porque los hechos que se investigan comenzaron en 2003 y la ley se votó en 2016, por lo que debió aplicarse el principio de la ley más benigna.
Un tercer foco estuvo dedicado a lo que se entendió como el incumplimiento del artículo 6 de la Ley 27.304, que establece: “Las declaraciones que el imputado arrepentido efectuare en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”. Fue por eso que Palmeiro pidió a Casación que solicitara al juzgado de instrucción, al tribunal oral o la fiscalía de juicio los registros fílmicos o o de audio de las declaraciones de los arrepentidos. De no estar, solicitó que se declare nulo todas esas declaraciones. Después de la audiencia, Casación ordenó solicitar esos registros al juzgado federal 11, que estuvo en manos de Bonadio y hoy subroga Marcelo Martínez De Giorgi, según confirmaron a Infobae fuentes judiciales.
No es un dato al pasar que el fiscal Jorge Di Lello y la jueza María Servini sobreseyeron al diputado Máximo Kirchner, hijo de la vicepresidenta; y al hoy ministro del Interior Eduardo ‘Wado’ De Pedro, entre otros, por la plata que La Cámpora recibió y que había salido de los viajes de los cuadernos. ¿Qué dijo en aquel momento Di Lello? Que sin un soporte “técnico” para escuchar la declaración de José López prestó como imputado ante Stornelli no se podía saber “la voluntariedad de la manifestación”. Según dijo, “la recepción en forma escrita no era suficiente” para dar por cumplida con la ley del arrepentido.
Centeno, los papeles privados y los cuadernos quemados
La abogada Laura Fechino, representante del ex funcionario Gómez, también sostuvo que la ley del arrepentido era inconstitucional. “Si tenemos que premiar al partícipe del delito para descubrir a sus autores, claramente el Estado está reconociendo su propia incapacidad”, comenzó diciendo. “No podría decirse que el acusado es libre a la hora de declarar cuando estaba en juego la posibilidad de ser excarcelado y tiene que negociar su arrepentimiento con el funcionario que lo acusa”, aseguró. «Si a una persona que cae en el sistema penal se le ofrece la libertad inmediata o se le dice que puede no pisar un penal si declara como arrepentido, ese premio es un método inductivo para declarar contra su voluntad. Y recordemos el precedente de la causa AMIA, cuando el Tribunal Oral Federal 3 dijo que el pago de 400 mil dólares a Carlos Telleldín fue un método inductivo para inculpar a policías. Si un pago fue inductivo, ¿cuánto más lo es una libertad inmediata? «, añadió.
“Acá no solo se viola la igualdad entre fiscal y el imputado, sino una sumisión del imputado al fiscal, porque es el representante del Ministerio Público el que decide si esa información será suficiente para el acuerdo. No se sabe cuál es el límite. ¿Y si el acusado se autoincrimina por otro delito? ¿Y qué hace el fiscal con la información que le da un acusado cuando no se llega a un acuerdo? La ley no lo prevé”.
Pero la abogada Fechino también disparó sobre cómo se aplicó la ley del arrepentido en el caso cuadernos y puso la mira en los orígenes de la causa. “Esta causa se inició con una violación constitucional –aseguró-. Centeno es imputado de la causa Gas Licuado por una denuncia de la ex mujer por enriquecimiento ilícito. Claramente esa denuncia nunca debió haber prosperado, porque era la ex mujer la que lo acusaba y no había sido víctima del delito”. “Pero a raíz de esa denuncia –continuó-, Centeno le dio los cuadernos a su amigo, Jorge Bacigalupo para que no llegaran a manos de Bonadio. Y Bacigalupo se los dio al periodista Diego Cabot. Entre los dos abren la caja, leen los papeles privados de Centeno y Cabot se los lleva al fiscal Stornelli, quien lejos de frenar y decir ‘esto es un delito, pregunténmosle a Centeno si consiente que leamos sus papeles’, le toma declaración a Cabot y se abre una investigación en la que durante cuatro meses Bonadio hace tareas de inteligencia. Y con esos cuadernos, introducidos al proceso de manera inconstitucional, Bonadio ordena allanamientos el 31 de julio de 2018 y la detención de Centeno; el 1 de agosto las detenciones de ex funcionarios y empresarios y recién el 2 de agosto, en la fiscalía se le toma declaración a Centeno, sin leer sus derechos como imputado y advirtiéndole que podía declarar como arrepentido”.
La abogada continuó: “¿Y qué declara ahí Centeno? Lo primero que dice es que esos cuadernos estaban en una caja, la cerró y se las dio a Bacigalupo porque tenían miedo que llegaran a la justicia. Después dice que desconfió de Bacigalupo, le fue a pedir los papeles y el amigo le dijo que los tenía en Córdoba. ‘Cuando insistí, me los devuelve. Me enojé porque me devolvió la caja rota, conté que estuvieran los ocho cuadernos y me fui’…. Esta declaración de Centeno es una denuncia clara de violación de papeles privados. Y que sea un delito de instancia privada no borra el delito. ¿Se le informó a Centeno los derechos como imputado y que, como víctima, podía evitar el ingreso de esos cuadernos al expediente?”
La defensora siguió relatando cuando Stornelli y Centeno fueron a buscar los cuadernos a la casa del remisero, pero no aparecieron.“ Y ahí Centeno se acordó que los había quemado en la parrilla. Claramente Centeno mintió: nadie puede estar imputado por ocho cuadernos que fueron tan trascendentes y olvidarse que los quemó… Y no solo eso, sino que ahora parece que aparecieron”. “Con todo esto quiero decir –añadió- que la declaración de Centeno como arrepentido es nula por esta sucesión de violaciones, desde la imputación en Gas Licuado. Su declaración, más tarde o más temprano, va a ser declarada nula y todo lo actuado en consecuencia”.
La palabra “dinero” y una falla en la acusación
Cuando les llegó el turno, los abogados Marcelo Mónaco y Damián Real, defensores de Lascurain, profundizaron sobre un día: el 28 de octubre de 2008, cuando según Centeno, Lascurain le acercó a Baratta el listado de proveedores en un sobre. “Hasta ahí podemos decir que la anotación de Centeno es verosímil, pero con una particularidad: ahí no aparece la palabra dinero”. Cuál sería, entonces, el delito de llevar un sobre, se preguntaron los defensores. Sin embargo, en la acusación se atribuyó que se trataba de una coima y acusaron a su cliente de cohecho. “Si al señor Centeno se le cree en todas las anotaciones en donde habla de dinero, ¿por qué en la única anotación en donde no dice dinero creemos lo contrario?”
Y fue ahí cuando el defensor abordó la segunda cuestión –ya adelantada por Infobae en junio pasado-: que Lascurain fue elevado a juicio por una acusación más leve que la que tuvo el propio Centeno, acusado de haber integrado la asociación ilícita y, por lo tanto, no se cumple con las previsiones de la ley del arrepentido, que debe acusar a alguien de igual o mayor jerarquía. El tema también está en estudio del TOF 7.
El árbol venenoso y los “Mugrientos”
Por último, llegó el turno del constitucionalista Eduardo Barcesat, defensor de Gerardo Ferrreyra, que adhirió a todos los planteos anteriores y reclamó expresamente la nulidad de todas las declaraciones colectadas en la ley del arrepentido. Recordó el dictamen de Di Lello en la causa electoral por los cuadernos, sostuvo que lo que instruyó Bonadio “mal puede llamarse una causa judicial” y aseguró: “No hay ninguna duda de que este expediente es el paradigma del fruto del árbol venenoso. Se adquirió prueba de una manera que no se corresponde con la ley”.
El abogado recordó las palabras del fiscal Stornelli, cuando en el inicio del caso decía “no hay sortija para todos” o reconoció que de la declaración de José López volcó “lo que le pareció conveniente”. “Mi defendido Ferreyra no se amilanó frente a la amenaza extorsiva de perder su libertad si no volcaba incriminaciones para los ex presidente Néstor y Cristina Kirchner… El fiscal Stornelli se refirió a ellos como los ‘mugrientos’…”, dijo. Cuando terminaba la audiencia, la jueza Figueroa volvió a preguntarle al abogado quién había formulado esas expresiones. El abogado respondió que Stornelli y que el propio Ferrreyra había contado aquel episodio frente a otros jueces de Casación en abril de 2019. (Fuente: Infobae)