A partir de las 0 horas del martes 1ro. de septiembre comenzó el período de veda obligatoria para la pesca del pejerrey en todas las lagunas y cuerpos de agua interiores del territorio bonaerense, medida que alcanza a la laguna de Chascomús.
La disposición se fundamenta en los marcos normativos fijados por las resoluciones Nro. 177/07 y Nro. 89/08 de la Dirección Provincial de Pesca.
La restricción biológica para la especie pejerrey se mantendrá de forma continuada hasta las 0 horas del día 1ro. de diciembre.
Para la especie tararira, el período de veda se extenderá hasta las 0 horas del 1ro. de febrero del año próximo, según las normativas vigentes para dicha especie.
Mientras se encuentre vigente la medida, la práctica de la pesca deportiva y recreativa únicamente se permitirá durante los días sábados, domingos y feriados nacionales.
En los días autorizados, cada pescador podrá extraer un tope máximo de 10 ejemplares diarios, los cuales deberán contar con una talla mínima requerida de 25 centímetros de longitud.
La reglamentación habilita el uso de una sola caña por persona en la línea de pesca, la cual no podrá poseer más de tres anzuelos en su armado.
Queda totalmente prohibida la realización de competencias deportivas de pesca, las actividades de explotación comercial y el uso de embarcaciones con motores fuera de borda o la práctica de motonáutica.
Quienes ejerciten la actividad deberán contar de manera obligatoria con la licencia de pesca deportiva o artesanal emitida por el Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires.
El personal de Seguridad Lacustre mantendrá recorridas permanentes por las riberas y bajadas de embarcaciones informando los alcances de las disposiciones vigentes.

