Disposición final los residuos – Los vecinos de la Ruta 20 apelaron el rechazo judicial a la medida cautelar ambientalista que habían presentado

En la causa iniciada por el no cumplimiento del legado de la donante la situación es inversa, dado que la Justicia dictó un amparo en favor de los herederos y fue la Comuna la que interpuso una revocatoria que el Juzgado rechazó por improcedente

El Secretario de Gobierno Cipriano Pérez del Cerro fue entrevistado en el programa AM Show que conduce Alberto Morel por FM Sonar 93.9, donde se refirió a lo que fue el rechazo de parte del Juzgado Federal de Dolores de la medida cautelar que habían presentado los vecinos de Ruta 20, oponiéndose a la construcción del Ecoparque (predio para la disposición final los residuos sólidos urbanos) por motivos de afectación al medioambiente.

Allí indicó que “…esto demuestra que han cumplido con todos los requisitos legales, que el proyecto está debidamente fundado, como el lugar donde se va a construir”.

El funcionario también hizo declaraciones en FM Por Siempre, donde señaló que la obra tendría inicio en el mes de julio si el gobierno provincial aprueba el estudio de impacto ambiental.
Cabe recordar que la obra fue adjudicada en su totalidad hace un año y medio, previo a la participación ciudadana exigida por el gobierno bonaerense y la audiencia pública establecida por la Nación y el BID, lo que en realidad transformó la opinión de la comunidad en un acto meramente formal.

Apelación de los vecinos
Tras el fallo de los Tribunales de Dolores, los vecinos por intermedio de su letrado el Dr. José Ochoa (h) apeló la resolución en la Cámara de Mar del Plata haciendo reserva de recurrir a la Corte Suprema.

Amparo en favor de los herederos

Es importante aclarar que la causa citada no es la única que afecta al predio, dado que existe otra causa en la que los herederos de la donante de la tierra reclaman se les retorne el bien, habida cuenta que no se ha cumplido con el legado.
El este caso la situación es inversa a la anterior, dado que la Justicia dictó un amparo en favor de los herederos y fue la Comuna la que interpuso una revocatoria contra esa cautelar, que el Juzgadorechazó por improcedente y concedió la apelación subsidiaria en relación y con efecto diferido, es decir la cautelar se mantiene mientras se sustancia el recurso. Concretamente no se puede vender ni cambiar el dominio del inmueble.
Esta situación, de ser notificado el BID podría materializarse en el no envío del dinero para la obra, en tanto y en cuanto no se resuelva la situación.
En este marco, deberá también el Concejo Deliberante, que autorizó el convenio para llevar adelante el proyecto, evaluarla posibilidad de suspender, hasta que se resuelva la cuestión