A pocas horas de su vencimiento, la Secretaría de Comercio publicó en la tarde de este viernes un suplemento del Boletín Oficial en el que confirma la extensión del programa Precios Máximos hasta el 8 de junio. Sin embargo, en una concesión a las empresas, lo acota sólo a los productos de la canasta básica y libera una lista de 35 categorías.
El programa Precios Máximos, vigente desde marzo de 2020, conforma el núcleo de la tensión que vive el Gobierno con las grandes empresas, que se quejan de haber quedado retrasadas con los precios. Esto se debe a que desde el inicio de la pandemia el Gobierno autorizó solo ajustes por debajo de la inflación para los bienes de consumo masivo, en un intento de aplacar la dinámica alcista de la canasta básica familiar y, sobre todo, de los alimentos.
Ahora el Gobierno parece haber cedido al pedido de los empresarios al autorizar una larga lista de “deslistamientos” que van desde yogures a los aceites y jugos. Sin embargo, el Ministerio de Desarrollo Productivo buscará que los aumentos que se fijen en los productos liberados sean moderados para no alentar una dinámica inflacionaria que todavía se encuentra por encima del 4% mensual.
El achicamiento del programa se da al mismo tiempo en que la secretaría que conduce Paula Español negocia con las grandes marcas la conformación de una nueva canasta de alrededor de 120 productos. Este nuevo programa, mucho más acotado, tendría como objetivo central lograr “capilaridad”. Es decir, llegar a los almacenes y comercios de cercanía donde hoy es muy difícil encontrar Precios Cuidados y Precios Máximos, que se concentran en las grandes cadenas de supermercados.
De todos modos, al haber dejado dentro de Precios Máximos sólo las categorías de primera necesidad surge la posibilidad de que, en vez de la creación de una canasta nueva, el programa ya existente se reconvierta en esa otra canasta. “Es la idea, pero igual la nueva canasta se sigue negociando”, señalaron fuentes de Comercio.
De acuerdo con la resolución 489/21 publicada hoy en el suplemento del Boletín oficial, las categorías que quedarán por fuera del paraguas de Precios Máximos son:
• Aceite de oliva y otros aceites
• Tostadas y grisines
• Edulcorantes
• Saborizadores
• Arroz (excepto largo fino)
• Encurtidos, Aceitunas y Pickles
• Harinas leudantes y premezclas
• Horneables y gelificables
• Pastas frescas
• Milanesas de soja
• Productos congelados en base a vegetales procesados
• Suplementos vitamínicos
• Tapas de empanadas y tartas
• Óleo calcáreo
• Apósitos y protectores mamarios
• Amargos
• Jugos
• Leche Infantil
• Queso rallado y queso crema
• Crema de leche
• Dulce de leche
• Manteca y margarina
• Yogur, postres y flanes
• Esponjas y guantes
• Trapos y Paños
• Destapacañerías
• Toallas húmedas desinfectantes
• Perfumes y colonias
• Coloración del cabello
• Pañales para adultos
• Algodones e Hisopos
• Esmaltes y quitaesmaltes
• Preservativos y Geles Íntimos
• Productos para depilación
• Helado y hielo (DIB)