La medida fue dictada por la IGJ pero no tiene carácter retroactivo, sino que impactará a las firmas en constitución. También revisarán discriminaciones en los estatutos
La Inspección General de Justicia (IGJ) publicó una resolución que exige que las nuevas empresas o asociaciones en constitución deberán contar con “paridad de género” en su directorio, con igual número de miembros femeninos y masculinos.
La medida, publicada esta mañana en el Boletín Oficial, alcanza a asociaciones civiles en proceso de constitución; asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas nuevas, las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado.
Textualmente, la resolución señala que las empresas deberán tener “una composición que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos que esté integrado por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos. Cuando la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos”.
La norma no será retroactiva, por lo que las empresas y asociaciones ya constituidas no deberán cumpir con la paridad. Además, se expresa que puede haber excepciones “a través del dictado de resoluciones fundadas y ante un pedido expreso al respecto (…) fundado ello sólo en virtud de circunstancias singulares, extraordinarias, atendibles y objetivas”.
En tanto, el organismo también se reserva la posibilidad de revisar los reglamentos internos de las asociaciones civiles y denunciar ante el Inadi y el Ministerio de las Mujeres las disposiciones que “admitan o posibiliten discriminaciones arbitrarias”. (DIB)