Una de las asistentes a ese cumpleaños había planteado que el DNU el presidente Fernández era inconstitucional.
El juez federal de San Isidro, Lino Mirabelli, rechazó el pedido para que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que había dispuesto el aislamiento obligatorio a mediados de 2020 pasado sea declarado inconstitucional. En la misma línea rechazó que sea inconstitucional el delito de poner en peligro la salud pública mediante la violación de las normas sanitarias dispuestas para evitarlo.
El juez investiga al presidente Alberto Fernández por haber participado del cumpleaños de la primera dama Fabiola Yañez el 14 de julio del año pasado, cuando estaban prohibidas las reuniones sociales por su propia decisión. Una de las asistentes a ese cumpleaños había planteado que el DNU el presidente Fernández era inconstitucional.
El juez debe decidir sobre la situación procesal de los imputados, que son el presidente Alberto Fernández, su mujer, y los invitados que estuvieron esa noche. Uno de esos planteos previos es lo que técnicamente se llama “excepción por falta de acción”, que quiere decir que no hubo delito (acción penal) porque no se puso en peligro de manera concreta la vida o la salud de alguien y nadie se contagió
El juez también pidió informes sobre otras visitas a la quinta de Olivos en pandemia, como la del actor Luis Brandoni, ya que uno de los hechos denunciados en esa causa, se refiere a él.
El DNU presidencial vigente al momento del festejo de cumpleaños prohibía el dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; los eventos públicos y privados de carácter social, cultural, recreativo, deportivo religioso y de cualquier otra índole, que implicaran la concurrencia de más de 10 personas; los centros comerciales, cines, teatros, centros culturales bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios y clubes; el turismo y la apertura de parques y plazas. (ACR)