Fuerte polémica por la restricción a la Ley de Paridad de Género bonaerense

Tras el fallo, se despertó una nueva controversia

En Chascomús, el Dr. Santiago Dos Santos encabezó la lista que salió segunda en las PASO de Cambiemos y sería cuarto en la boleta para los comicios de octubre, tras el fallo de la Junta Electoral; pero se estima que como a nivel provincial dicho frente cuestiona lo resuelto y el dictamen permite acuerdos internos, es posible que continúe rigiendo la paridad de género y sea Lorenza Márquez quien ocupe ese lugar.

Tal como publicamos e pasad martes, luego de que se despertara una fuerte controversia por la norma que establecía paridad de género en las listas bonaerenses definitivas para las legislativas de octubre, la Junta Electoral provincial, mediante un dictamen, aseguró que debe priorizarse la voluntad popular por sobre la Ley de Paridad de Género, ya que según afirmaron en el fallo, existen algunos factores que imposibilitan el cumplimiento de esos cometidos en forma absoluta.
Desde la Junta se destacó que si una lista salió segunda y llega a integrar como minoría la lista definitiva, el precandidato o precandidata que era cabeza de lista puede llegar a ser desplazado varios lugares y ocupará su espacio quien estaba segundo en razón del género, lo que distorsiona la voluntad del votante; haciendo cargo el Ejecutivo Provincial por no reglamentar la ley y no fijar escenarios como el que se dio en estas PASO.
Ante esta solución, La Junta Electoral advirtió que es posible que no se cumpla la alternancia y secuencialidad en la totalidad de la lista para las elecciones generales, pero sí cumpliría en la gran mayoría de la lista, es decir se repetirá excepcionalmente el género en toda la lista una o a lo sumo dos veces, pero se seguirá manteniendo el respecto por el cupo como regla.
Cambiemos y Unidad Ciudadana el mayor dilema
Cabe destacar que, como publicó este medio, pasadas las Primarias, con los números arriba de la mesa, en los distritos en los que hubo internas se enfrentaban a un dilema: las cartas orgánicas de las dos fuerzas mayoritarias, Cambiemos y Unidad Ciudadana, adoptaron el reparto del 25 por ciento para la primera minoría, por lo que al ganador le corresponderían los tres primeros de la lista y al perdedor el cuarto, el octavo y el duodécimo.
Sin un acuerdo para reacomodar los emparejamientos por parte de las dos facciones, y en el marco de la Ley de Paridad, la lista perdedora solamente podría incorporar a dirigentes de un mismo sexo en la nómina final.
En muchos municipios, esto dejaba afuera las candidaturas de aquellos dirigentes que encabezaron las listas, que sólo pueden optar por poner a su número dos en el cuarto lugar de la nómina del espacio que competirá en octubre.
Por otro lado, la fracción ganadora respetaba sus tres primeros lugares pero no podía conservar el orden entre cuarto y quinto, y sucesivamente, ya que se vería obligada a rotar porque el cuarto lugar lo ocupará la mujer del sector que alcanzó la minoría.
Por otro lado, la fracción ganadora respetaba sus tres primeros lugares pero no podía conservar el orden entre cuarto y quinto, y sucesivamente, ya que se vería obligada a rotar porque el cuarto lugar lo ocupará la mujer del sector que alcanzó la minoría.

Sigue la controversia
De todas maneras, la controversia no desapareció, solo se modificó. Es que algunas voces discordantes desde la Legislatura bonaerense, tal el caso de Cambiemos y 1País, ya empiezan a mencionar la posibilidad de supuesto prevaricato porque los integrantes de la Junta, según la explicación, tomaron atribuciones «que no les confería la ley». «Una resolución no puede venir a modificar una ley. Es anticonstitucional», afirmaron en una presentación judicial que se aceleraron porque el 2 de setiembre tienen que estar las listas para las elecciones de octubre.
Vale destacar que esta resolución aplica solamente a cargos de legisladores provinciales y concejales. Pero, el texto de la ley modificada imponía estas condiciones para el armado de las boletas: igualdad entre hombres y mujeres, que se conformen «binomios» y que se intercalen géneros, de manera que en ningún caso pueda haber dos varones inscriptos de manera consecutiva en ninguna boleta electoral.
La explicación que difundieron es que resulta imposible conciliar el derecho a ser elegido que impone la Constitución con la letra de la Ley de Paridad y por eso se buscó, aseguran, la mejor manera de conciliar garantizando el 50-50 en la lista mixta y promover «laxitud» en cuanto al factor de alternancia.
Como solución, la Junta Electoral resolvió que los frentes no deban cumplir con la normativa como requisito para la presentación de listas oficiales, cuyo plazo vence el 2 de septiembre a las 24 horas.
De todos modos, los partidos o frentes tienen la posibilidad de llegar a acuerdos políticos internos que faciliten el trámite.
Cambiemos en Chascomús
En Chascomús, el Dr. Santiago Dos Santos encabezó la lista radical que salió segunda en las PASO de Cambiemos y si se aplica la Ley de Paridad de Género debe ser reemplazado por Lorenza Márquez (lo seguía en la boleta), para ocupar la cuarta ubicación en la lista final para las elecciones de octubre.
Además, y siempre por el cumplimiento de cupo de 50% y 50% combinado con el 3 x 1 (25% por ciento para la minoría), Dos Santos desaparece de dicha lista, no figurando ni siquiera como suplente.
No obstante, si se aplicara lo resuelto por la Junta Electoral, Dos Santos sería cuarto en la lista de cara a los comicios de octubre.
Pero se estima que como a nivel provincial Cambiemos cuestiona lo resuelto por la Junta y el dictamen permite acuerdos internos, es posible que en mencionado frente continúe rigiendo la paridad y sea Márquez quien ocupe el cuarto lugar.

Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*