La Suprema Corte bonaerense ratificó la ordenanza que erradicó los depósitos y la comercialización de agrotóxicos en zona residencial

La decisión consolidó un precedente jurídico de importancia para toda la Provincia de Buenos Aires.

 

La Suprema Corte bonaerense ratificó la norma que erradicó los depósitos y la comercialización de agrotóxicos en zona residencial de nuestra ciudad.
Se trata de la ordenanza 5329/18, cuyo objeto es «es la protección de la salud humana y de los ecosistemas» mediante la cual el Municipio de Chascomús prohibió el uso de agrotóxicos en zona urbana y hasta 500 metros de las viviendas
y además dispuso la prohibición y relocalización de establecimientos vinculados al almacenamiento y comercialización de agroquímicos dentro de áreas urbanas y residenciales.
La empresa demandante sostuvo que funcionaba desde hacía décadas en el lugar, que poseía habilitación municipal y registros provinciales vigentes, y entendía que la medida afectaba derechos adquiridos, la libertad de comercio y el derecho de propiedad
Sin embargo, tanto la Procuración General como la Suprema Corte de Justicia respaldaron la potestad municipal de intervenir preventivamente para proteger la salud pública y el ambiente
El fallo reafirma principios fundamentales del derecho ambiental y administrativo:
Los municipios poseen poder de policía ambiental y sanitario para reglamentar actividades comerciales e industriales.
La libertad de comercio e industria no reviste carácter absoluto cuando se encuentran comprometidos derechos colectivos y prevalece el derecho a la salud (Art. 27 y 28 de la CPBA).
No existe un derecho adquirido a mantener actividades riesgosas en un sitio determinado si están en juego la salud pública y el ambiente.
El interés público ambiental y la salud pública prevalece frente a intereses particulares.
Este precedente fortalece las herramientas jurídicas e institucionales de las comunidades y gobiernos locales para restringir actividades peligrosas, ordenar ambientalmente el territorio y prevenir daños sanitarios y ambientales.