El bloque de concejales de la Unión Cívica Radical del Honorable Concejo Deliberante de Chascomús, integrado por Maximiliano Donato, Cintia Ardohain y Santiago Dos Santos, presentó un pedido de intervención urgente ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires para que evalúe y determine la legalidad del procedimiento mediante el cual Leandro Bordalecou asumió interinamente el Departamento Ejecutivo municipal.
La medida surge a raíz de la licencia anual del intendente Javier Gastón, correspondiente al período 2024, autorizada por el cuerpo deliberativo para extenderse desde el 18 de agosto hasta el 4 de septiembre inclusive. Según el escrito ingresado formalmente este 19 de agosto, la bancada radical señaló no haber recibido comunicación previa sobre los mecanismos institucionales aplicados para la designación de Bordalecou, de cuya asunción tomaron conocimiento a través de redes sociales y medios públicos.
Los ediles de la oposición cuestionaron la situación patrimonial, administrativa y jurídica de la transición.
En ese marco solicitaron al Tribunal de Cuentas que informe si Bordalecou, habiendo sido electo concejal y encontrándose en uso de licencia para desempeñarse como secretario de Desarrollo Social, debía cesar de su cargo en el Gabinete, reasumir la banca deliberativa previo a ser autorizado para la toma del cargo de Intendente o si existe algún acto administrativo habilitante previa a dicha toma de posesión.
En el texto normativo citado en la presentación, los denunciantes fundamentaron su reclamo en la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley N.° 6769/58). En particular, hicieron referencia al artículo 7, que prohíbe ejercer como edil y ser funcionario remunerado del Ejecutivo simultáneamente; al artículo 8, sobre las solicitudes de licencia o renuncia requeridas para reasumir tareas legislativas; al artículo 15, referente al orden de reemplazos; y al artículo 240, que contempla la nulidad absoluta de aquellos actos dictados por autoridades sin los requisitos y competencias contemplados por ley.
Ante la posibilidad de que se invaliden decisiones de contenido económico o de disposición de fondos dictadas durante este período, el boque radical requirió que el organismo de control se expida de manera urgente dentro de un plazo de 72 horas para esclarecer la validez del mecanismo aplicado y dar certeza institucional al proceso.

