El Registro de Deudores Alimentarios (RDA) funciona desde el 2004, bajo la Ley 13.074, y depende del ministerio de justicia. En el mismo se registran aquellas personas que no cumplen con la obligación de pasarle la cuota alimentaria a sus hijos.
En la actualidad hay 3044 inscriptos en el registro que, entre otras cosas, no pueden realizar trámites administrativos, abrir cuentas bancarias o solicitar tarjetas de crédito. Ahora, con el proyecto del diputado oficialista Marcelo Daletto, las restricciones se extienden a los cargos públicos.
Actualmente, el artículo 5 dicta que: Las instituciones y organismos públicos oficiales, provinciales o municipales, no darán curso a los siguientes trámites o solicitudes sin el informe correspondiente de la R.D.A. con el “libre deuda registrada”. A) solicitudes de apertura de cuentas corrientes y de otorgamiento o renovación de tarjetas de crédito, como también cualquier otro tipo de operaciones bancarias o bursátiles que la respectiva reglamentación determine; b) Habilitaciones para la apertura de comercios y/o industrias; y c) Concesiones, permisos y/o licitaciones –Para el supuesto de solicitud o renovación de créditos se exigirá el informe y será obligación de la Institución bancaria otorgante depositar lo adeudado a la orden del juzgado interviniente. La solicitud de la licencia de conductor o su renovación se otorgará provisoriamente por cuarenta y cinco (45) días, con la obligación de regularizar su situación dentro de dicho plazo para obtener la definitiva.
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