Nuevo DNI electrónico: ¿Cuáles son los documentos que no servirán más en 2024?

El Registro Nacional de las Personas (Renaper), dependiente del Ministerio del Interior de la Nación, anunció oficialmente la implementación del Documento Nacional de Identidad Electrónico. Este nuevo DNI, que incorpora un chip electrónico y un código QR para facilitar la validación electrónica y la verificación de identidad, cumple con los más altos estándares internacionales en términos de seguridad y tecnología.
El flamante DNI se distingue por su impresión láser sobre policarbonato y la implementación de medidas físicas de seguridad, lo que contribuye a prevenir la falsificación y mejora la verificación visual del documento, además de ofrecer mayor resistencia y durabilidad.
Con la llegada de este nuevo DNI, ciertos documentos perderán su validez y no serán aceptados para realizar trámites.
Según la resolución 2030/15 del Registro Nacional de las Personas, la Libreta de Enrolamiento, la Libreta Cívica y el DNI de portadas verdes ya no serán válidos. Los únicos exceptuados de esta norma son los mayores de 75 años y personas con discapacidad declaradas.
Para viajar a países del Mercosur, los argentinos deberán presentar el DNI en formato físico, ya sea la tarjeta o la libreta celeste digital, o el pasaporte. Sin embargo, ciertos documentos no serán válidos para salir del país, como el DNI digital en el celular, la libreta verde confección manual, el DNI celeste confección manual, las cédulas de identidad emitidas por la Policía Federal Argentina, la libreta de enrolamiento y la libreta cívica.
Es fundamental que todos los documentos estén vigentes en el momento del viaje, sean el último ejemplar emitido y se encuentren en buen estado de conservación que permita la correcta identificación del portador. Se recomienda verificar que se tenga el último ejemplar vigente del DNI antes de emprender cualquier viaje.
Quienes deben renovar el documento son todas aquellas personas que posean Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica y/o DNI verde o bordó confeccionados en forma manuscrita, a excepción de las personas mayores de 75 años que tengan el DNI en condiciones y los discapacitados declarados judicialmente.