Para proteger la vivienda familiar se puede gestionar gratuitamente la declaración de Bien de Familia

En la Subsecretaría de Tierras y Urbanismo de la Municipalidad, se pueden iniciar los trámites para declarar a las viviendas como “Bien de Familia”, para proteger la vivienda familiar y garantizar que no pueda ser ejecutada ni rematada por deudas posteriores a su inscripción, preservando el inmueble frente a cualquier eventualidad.
Este procedimiento, denominado Régimen de Afectación a Vivienda (Ley 14.394), se realiza en conjunto con el Registro Provincial de la Propiedad.
Se trata de un proceso simple y ágil, que puede hacer cualquier vecino que tenga una propiedad escriturada a su nombre.
Los beneficiarios del régimen de bien de familia pueden ser el cónyuge (esposo o esposa), hijos, padres y abuelos. Es importante tener presente que no es necesario que convivan con el o los titulares del inmueble. También podrán ser los colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad (por ejemplo sobrino o tío), con la condición de que vivan con el propietario, o los hijos de la pareja con quien se convive.
Los interesados pueden acercarse a la planta alta del palacio municipal o comunicarse al 43-1341, interno 453.