En diálogo con FM Sonar 93.9, el secretario de Gobierno se refirió a ordenanza recientemente sancionada en el Concejo Deliberante, que regula la venta y el uso de pirotecnia en el distrito. Asimismo, Pérez del Cerro relativizó la posible denuncia de alguna empresa del sector.
En el marco de una entrevista periodística radial, Cipriano Pérez del Cerro explicó que “el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires no dice que no se puede regular en la materia. Lo que dice es que no se puede prohibir en forma absoluta la actividad. Eso hicimos”.
Y añadió que “en Chascomús estamos regulando el uso de determinados fuegos artificiales, cuáles se permiten y cuáles no se permiten. Por ejemplo, los fuegos artificiales lumínicos o de bajo ruido están admitidos”.
El secretario de Gobierno municipal destacó que el camino que finaliza con la sanción de la nueva ordenanza modificatoria sobre pirotecnia “no es consecuencia del fallo de la Corte, sino de estar abiertos no sólo a las inquietudes de las empresas, sino también al de asociaciones de la comunidad que tienen incidencia e interés en este tema, como padres de hijos con autismo, referentes en ancianidad y espacios de protección de animales. La primera presentación de la Cámara Argentina de Fuegos Artificiales data del 20 de diciembre del 2017. Conversando desde entonces hemos llegado a esta normativa consensuada por todas las partes, y aprobada de forma unánime por todos los bloques políticos que conforman el Honorable Concejo Deliberante”.
Sobre la información que da cuenta de una posible presentación judicial por parte de una empresa de pirotecnia, el funcionario resaltó que la ordenanza refleja un acuerdo que hubo con la cámara que nuclea a esta industria, y que no cree que pueda existir algún tipo de conflicto o problema frente a esta nueva normativa “porque tienen en cuenta el interés de todas las partes”.
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