Causa Emilio Blanco
El Dr. Gustavo López, fue entrevistado en el programa “AM Show” que conducen Alberto Morel y Martín Palmero por FM Sonar 93.9, donde se refirió a lo que fue el rechazo de la Justicia al pedido del abogado defensor de Fermín Basualdo para recusar a los jueces que negaron su prisión domiciliaria.
Allí confirmó que el día 28 de mayo se los notificó por medio de cédula electrónica el fallo dictado por la Cámara de Apelación y Garantías “AD HOC”, que rechazó la recusación. Dejó en claro que esto no tiene nada que ver con el juicio principal, ya que es una causa paralela donde se había pedido el arresto domiciliario y luego solicitaron la recusación a la Cámara.
Indicó el Dr. López, que la defensa de Basualdo planteaba que había razones que afectaban los principios de objetividad, de legalidad y de oficialidad de la Magistratura, principios que afectarían en la imparcialidad de los miembros de la Cámara “AD HOC” para resolver sobre cuestiones que tengan que ver sobre su defendido.
De acuerdo a lo informado, en acuerdo extraordinario se rechazó este planteo. Los fundamentos de dicho rechazo fueron los siguientes:
La defensa de Basualdo presentó 11 puntos detallando para este pedido de recusación, siendo que antes de la denegación de la prisión domiciliaria nunca existió alguna objeción a dicha integración.
El letrado no ha demostrado ninguna cuestión que implique el apartamiento del Tribunal.
Ninguno de los miembros del Tribunal ha actuado en este proceso como Agente Fiscal, Defensor Oficial, Perito o testigo.
Ninguno de los Jueces de este Tribunal actuó en el Juicio Oral y Público llevado a cabo al Sr. Basualdo en el año 2014.
Nunca han omitido la resolución definitiva en ese proceso.
No se ha acreditado, ni existe ninguna circunstancia que por su gravedad afecten la independencia y la imparcialidad.
No se ha realizado ninguna manifestación pública respecto de la causa.
No se ha tomado conocimiento de cuestiones que puedan haber transcurrido durante el debate (año 2014) ya que no intervinieron en el proceso.
No se conoce ni se ha demostrado que el Ministerio Público Fiscal a cargo del Dr. Diego Escoda, ha realizado alguna apreciación pública, en su caso excede a este Tribunal.
Respecto de las resoluciones a las que ha aludido el defensor, puede decirse que cuando han recurrido a su derecho a revisión el Tribunal siempre concedió este derecho constitucional.
El solo hecho de discrepar con las resoluciones dictadas por este Tribunal con esta integración o anteriores no es un elemento concreto para cimentar una recusación.
Votaron el planteo de negativa a la cuestión planteada por la defensa los Dres. Emiliano Lazzari, Daniel Rezzonico y Antonio Severino.