Nuevas disposiciones y restricciones horarias
En vistas de la publicación del Decreto N° 4/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, el gobierno de la provincia de Buenos Aires dispone las siguientes medidas que se encuentran en vigencia desde este lunes 11 de enero.
Según establece dicha norma, se suspende entre las 01.00 y las 06.00 hs toda actividad comercial, artística, deportiva, cultural, social y recreativa, exceptuando las actividades productivas manufactureras, agropecuarias y todas aquellas definidas como esenciales de acuerdo a la normativa vigente.
A su vez, se reducen las actividades sociales, recreativas y familiares a grupos de hasta 10 personas en espacios cerrados y abiertos.
Se busca disminuir la circulación de personas en horarios nocturnos y evitar la realización de actividades no permitidas. Las denuncias de fiestas clandestinas deben realizarse a la comisaría local o al 911.
De esta manera, los vecinos pueden informar sobre el incumplimiento de las medidas establecidas para esta etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, como es el caso de fiestas clandestinas y otras acciones prohibidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por el Gobierno Nacional en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del coronavirus.
En el caso de fiestas y/o reuniones que vulneren lo permitido legalmente en el marco de las medidas de “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social preventivo y obligatorio” en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, además de las sanciones previstas en el art. 205 del Código Penal, podrán aplicarse multas de hasta tres millones trescientos sesenta y cuatro mil pesos ($3.364.000), tanto a los asistentes, organizadores como a los propietarios de los inmuebles donde se realicen.
Es importante recordar el cumplimiento de utilizar tapabocas, distanciamiento físico social de 2 metros y respetar todas las medidas previstas en este contexto de pandemia.