La medida mereció un fuerte repudio de Adepa: “Debería ser dejada sin efecto con mayor premura que la que precedió a su dictado, por ser incompatible en letra y espíritu con las normas constitucionales e internacionales que prohíben la censura previa”.
Mientras Jorge Lanata sigue internado en la clínica Santa Catalina, la jueza Lucila Córdoba dispuso un bozal legal y prohibió a los medios nombrar al periodista y a su actual esposa, la abogada Elba Marcovecchio. La prohibición, que provocó el repudio de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa), rige para medios gráficos, audiovisuales y digitales.
La jueza Córdoba tomó la resolución por solicitud de Marcovecchio, que se encuentra en medio de un escándalo de denuncias cruzadas con las hijas del periodista, Bárbara y Lola, quienes la acusaron ante la Justicia “por hurtar elementos de gran valor” y dinero en efectivo, así como afectar la salud del reconocido periodista.
“Se ordena la prohibición de la difusión por cualquier medio de prensa y comunicación (televisión, grafico, radial, medios digitales y/o publicación en páginas WEB), de toda información que involucre al Sr. Jorge Ernesto Lanata su imagen, intimidad, situación familiar e información relativa al trámite de la presente causa”, establece el oficio que libró este viernes el Juzgado Civil N°8 de Buenos Aires, secretaría N° 15.
La jueza, además, dispuso una medida similar para que tampoco se pueda mencionar a la actual esposa de Lanata, según establece el oficio electrónico que el Juzgado Civil N° 8 envió al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), para que notifique esa decisión a los medios audiovisuales.
En su presentación ante la Justicia, las abogadas de Marcovecchio pusieron en conocimiento “la gran angustia por lo que está pasando su cónyuge y su delicado estado de salud; así como manifiesta encontrarse ella en estado de vulnerabilidad no sólo por la condición médica del Sr. Lanata, sino también por el hecho de que todos los medios de comunicación están difundiendo la presentación efectuada por las hijas respecto de éste, exponiendo parte de su contenido y haciendo alusión a las cuestiones relativas al patrimonio de su cónyuge y lo denunciado respecto de su persona”.
“Cualquier medida contra la libertad de expresión constituye censura previa”
El hecho provocó el inmediato rechazo de Adepa, que expresó en un comunicado que “se trata de una medida que debería ser dejada sin efecto con mayor premura que la que precedió a su dictado, por ser incompatible en letra y espíritu con las normas constitucionales e internacionales que prohíben la censura previa. El artículo 14 de la Constitución Nacional y el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica son tan claros y rotundos en esta materia que no se explica la ligereza judicial que los ha violentado”.
“La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que cualquier medida preventiva que impida el ejercicio de la libertad de expresión, incluyendo las decisiones judiciales, constituye censura previa”, se afirmó.
“La censura judicial, en tanto puede ser fácilmente utilizada para proteger a los poderosos y silenciar a las voces independientes, representa un peligro para la convivencia democrática y el debate público”, sentenciaron desde Adepa. (DIB) MM