Los concejales no tratarán el proyecto del Ejecutivo si no tienen información y garantía de participación ciudadana

Basurero Regional
Lo informaron a través de un nota dirigida al Presidente del Concejo Deliberante, Héctor Larramendy firmada por 15 señalando que acordaron tratamiento al proyecto de ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo referido al anunciado Polo Ambiental en un marco donde esté garantizado el acceso a la información necesaria para su análisis responsable y garantice la participación ciudadana.

A través de un nota dirigida al Presidente del Concejo Deliberante, Héctor Larramendy, 15 ediles, representantes de todos los partidos políticos, informaron que acordaron el tratamiento al proyecto de ordenanza Nº 5396 presentado por el Departamento Ejecutivo referido al anunciado Polo Ambiental (Basurero Regional) y derivado a las comisiones de Reglamento, Salud y Presupuesto, en un marco donde esté garantizado el acceso a la información necesaria para su análisis responsable y garantice la participación ciudadana.
Señalan los concejales en la mencionada nota, que la postura surge del encuentro virtual realizado el pasado viernes 6 de noviembre con miembros de la Agenda Ambiental Participativa, donde adquirieron ese compromiso.
Se estima no obstante, que al menos en algunos de los bloques y aunque no se mencione en la presentación, el compromiso se extiende también a quienes han salido a manifestarse en la calle por este tema y a los más de 3600 vecinos que hasta el momento han firmado el petitorio en web pidiendo la Consulta Popular.
En la misiva se resalta también que en la Ley 25765, Ley General del Ambiente, se establece que “toda persona tiene derecho a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del medio ambiente que sea de incidencia general o particular y de alcance general”.
Por otra parte, sobre la misma norma, se hace hincapié en que su artículo 21º expresa “La particiáción ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular. En las etapas de planificación y evaluación de los resultados”.
Por otra parte, se recuerda que en el artículo 41º de la Constitución Nacional se expresa el derecho a un ambiente equilibrado y en su segundo párrafo sobre el derecho a la información, se delegan en la Nación los presupuestos mínimos de protección.