Nahuel Olivera y Alexis Escribante corrían una competencia en Laferrere en septiembre de 2020 cuando perdieron el control de sus vehículos, chocaron con otros y provocaron que un automóvil impactara contra una familia. Para la justicia, es un “precedente importante” para las víctimas de hechos viales.
El 13 de septiembre de 2020 Tahiel Contreras, un nene de 6 años, iba con sus padres a tomar un helado en Laferrere, en el partido bonaerense de La Matanza, cuando los tres fueron atropellados por un auto en medio de una picada. El niño falleció. Este viernes, en el juicio que se les realizó a Nahuel Agustín Olivera y a Alexis Leonel Escribanti, los conductores que venían compitiendo entre sí y que provocaron la muerte del chico fueron considerados culpables de “homicidio simple con dolo” y condenados a 14 y 10 años de prisión, respectivamente. Para el abogado de la familia del chico, la sentencia constituye un “precedente importante” para las víctimas de hechos viales.
Olivera y Escribanti fueron condenados por el Tribunal en lo Criminal N°4 de La Matanza. “Está probada la existencia de los hechos, está probada la participación de los procesados en los mismos (…)”, indicaron los jueces Nicolás Grappasonno, Gerardo Clemente Gayol y Franco Fiumara durante la lectura del veredicto, que se realizó mediante videoconferencia. Entonces, por unanimidad, se los halló culpables de la muerte de Tahiel y las lesiones que sufrieron sus padres, Luciano Guillermo Contreras y Noelia Abigaíl Díaz.
La familia de Tahiel recibió el veredicto a los acusados reunida en una misma sala, mienras los padres sostenían carteles con la imagen de su hijo y el pedido de “justicia”.
“Imponer a Nahuel Agustín Olivera la pena de 14 años de prisión e inhabilitación especial conducir cualquier tipo de vehículos automotores por seis años, -cuyo inicio de cumplimiento deberá correr desde el vencimiento de la pena de prisión o la recuperación de su libertad-, por resultar coautor penalmente responsable de prueba ilegal de velocidad en concurso real con homicidio simple en concurso ideal con lesiones leves reiteradas en dos oportunidades”, completó el representante del tribunal.
En el caso de Escribanti, los jueces impusieron la pena de 10 años de prisión e inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo automotor por seis años, por resultar coautor penalmente responsable de los mismos delitos.
“Acto reparatorio”
“Estamos conformes con haber escuchado un veredicto condenatorio, es importante como acto reparatorio para Noelia y Luciano escuchar la condena de cumplimiento efectivo por los tres delitos a los cuales llegaban a juicio Escribanti y Olivera”, dijo a la agencia estatal Télam el abogado de la familia de Tahiel, Alberto Palacio, luego de haber escuchado la sentencia junto a los padres del niño. No obstante, recordó que la querella había pedido una pena mayor, de 28 años de prisión para cada uno, por lo que evaluarán los pasos a seguir.
“Noelia y Luciano lo han tomado en ese sentido, por un lado la importancia de escuchar la condena como un precedente importante en lo que significan los hechos de tránsito, porque sabemos que a las víctimas de los hechos de tránsito les resulta sumamente difícil encontrar justicia, y en este caso, los hechos no quedaron en la impunidad, fueron condenados los imputados, pero sin duda esperábamos una pena mayor, nos reuniremos estos días para ver los pasos a seguir”, afirmó Palacio.
Por su parte, el fiscal Sergio Alejandro Antin, de la Fiscalía especializada en Homicidios de La Matanza, que estuvo a cargo de la investigación, destacó que “el éxito de la investigación se cristaliza en el veredicto de culpabilidad, donde los jueces le creyeron a la familia en términos de que los imputados venían corriendo una prueba de velocidad y a consecuencia de eso se produjo la muerte del nene”.
Antin destacó que un hecho de estas características, hace 15 o 20 años atrás, “terminaba calificado como ‘homicidio culposo’ con pena de ejecución condicional, es decir, sin detención del imputado. Y en este caso, los dos participantes están detenidos desde el mismo día del hecho”.
“Es un antes y un después”, aseveró el fiscal, que durante los alegatos había pedido 20 años de prisión y seis años de inhabilitación para conducir desde el momento que recuperen su libertad.
“Un fallo proporcional al daño causado. Nada repara el daño ni alivia el dolor de sus papás, pero la Justicia nos dio la razón, llamó a las cosas por su nombre: no fue un accidente, fue un homicidio. Estuvimos siempre con la familia”, dijo por su parte el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ASNV), Pablo Martínez Carignano.
Ese organismo estatal colaboró con la Justicia durante el proceso bajo la figura de “amicus curiae” (amigos del tribunal) y asistió a la familia desde el primer momento.
Durante la pandemia
La jornada del juicio oral y público fue realizada el lunes pasado en la sede de la Universidad Nacional de La Matanza.
Olivera, panadero de 24 años, oriundo de Gregorio de Laferrere, y Escribanti, técnico radiólogo de 26, oriundo Villa Luzuriaga, se conocían desde el colegio, frecuentaban un “picódromo” (lugar para correr este tipo de carreras) en Esteban Etcheverría, y a raíz del hecho, llegaron a esta instancia judicial con prisión efectiva.
El delito sucedió durante la pandemia de coronavirus, el 13 de septiembre de 2020 pasadas las 16 en la intersección de la Ruta Provincial N° 21 y la arteria Soldado Sosa de la localidad de Laferrere.
Según la investigación de la fiscalía, Escribanti iba a bordo de un Volkswagen Vento y Olivera a bordo de un Chevrolet Corsa, cuando “decidieron” realizar una picada ilegal, circulando por la ruta a una velocidad “superlativa”, eludiendo a otros autos y “creando una situación de peligro para la vida o integridad física de las personas que transitaban por la vía pública”.
Al perder el control de los rodados, el Corsa impactó contra un tercer vehículo que circulaba en forma reglamentaria por el carril lento (el auto Fox), y fue desplazado hacia la vereda, lugar donde fueron embestidos Tahiel y sus padres, que esperaban cruzar para ir a tomar un helado. Los tres integrantes de la familia sufrieron politraumatismos, pero Tahiel murió en el acto.
Escribanti, “se dio a la fuga del lugar”, y Olivera permaneció allí pero “solo estaba preocupado por los daños materiales de su rodado”, según consta en las declaraciones testimoniales incluidas en el fallo.
Proyecto de Ley Tahiel-Kevin
En octubre de 2020, en tanto, se presentó en el Congreso de la Nación el proyecto de Ley Tahiel-Kevin (en homenaje al hijo de Viviam Perrone), que espera por su avance parlamentario y busca crear la figura de “homicidio vial”, equiparándola a la de homicidio simple, que prevé una pena de 8 a 25 años de prisión para quien provoque una muerte corriendo picadas ilegales.
La iniciativa también contempla otros aspectos, como darse a la fuga o no intentar socorrer a la víctima, conducir bajo los efectos de estupefacientes o alcohol, exceder los límites de velocidad permitida, conducir sin la correspondiente habilitación o violar las reglas de tránsito, entre otros.
El proyecto, firmado por el diputado nacional Ramiro Gutiérrez (Frente de Todos), fue vuelto a presentar en mayo de 2022 para que no pierda estado parlamentario. (DIB)